Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Cabanillas del Campo se suma a las restricciones especiales contra la COVID de municipios cercanos a Madrid

Cabanillas del Campo

elDiarioclm.es

0

La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha decretado medidas especiales en Cabanillas del Campo. La tasa de incidencia acumulada de las dos últimas semanas (próxima a 400 casos por 100.000 habitantes) y el elevado número de casos registrados en la semana 37 (22 casos), se sitúan claramente por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha (100 casos/100.000 habitantes y 10 casos semanales). Todo ello, junto con la proximidad a municipios y zonas de la comunidad de Madrid con elevada incidencia, indica que el municipio de Cabanillas del Campo se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria lo que exige la adopción de medidas complementarias (Nivel 2) a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en Castilla-La Mancha. Actualmente tienen estas restricciones en la provincia Guadalajara capital, Azuqueca de Henares y Mondéjar.

Entre estas medidas destacan el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales y la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente. Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Respecto a los centros socio-sanitarios se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo. A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Aforos y suspensión de actividades

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

Como medidas complementarias se procede igualmente a la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Asimismo, a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas,) y a la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares; y también al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos. Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

Asimismo, se procede a la suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público y a la supresión de espectáculos taurinos; así como la celebración de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos. También se procede al cierre cautelar de parques y jardines

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Por último, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

Etiquetas
stats