40 aniversario de la primera Ley de Servicios Sociales de Castilla- La Mancha
Salvo excepciones, que las hay, las profesionales de los Servicios Sociales han conocido y conocen las leyes que regulan su quehacer diario y que les afectan directamente, cuando han tenido que preparar oposiciones. No nos engañemos. Esa es la cotidiana realidad.
Si a eso añadimos que la primera Ley de Servicios Sociales de la comunidad autónoma de Castilla- La Mancha (así se llamaba) es del año 1986 , la mayoría de las y los trabajadores sociales hoy en ejercicio no tienen de ella ni la más remota idea. Y es normal. Demasiado lejos y demasiadas leyes, decretos, órdenes, circulares, planes, programas y notas divulgativas, como para recordar una ley que dejó de estar vigente cuando se publicó la que actualmente está en vigor desde el 30 de junio de 2011, a los seis meses de su publicación.
Sin embargo, permitidme que eche la vista atrás y os cuente algunas cosas de hace cuarenta años, que quizás os interesen.
La Consejería que promovió la redacción y publicación de la Ley fue la de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. Curiosamente, 25 años después, la segunda Ley de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha fue promovida también por la Consejería de Sanidad y Bienestar Social. Esta vez sin Trabajo y es que, los servicios sociales, como todas sabemos, han estado alojados en variadas y diferentes consejerías.
Aquella primera ley vino a ordenar y dar forma en 27 artículos y unas cuantas disposiciones transitorias a un sistema público inexistente, que nacía con más ganas que ciencia, con toda la ilusión que un nuevo proyecto lleva consigo, con la emoción de poder hacer algo para mejorar las condiciones de vida de los castellanomanchegos y que pudiera participar en el desarrollo de una región en la que todo estaba por hacer.
La ley nos dio un lenguaje propio que permitía entendernos entre nosotros y darnos entidad propia ante otros sistemas. Empezamos a hablar de Servicios Sociales generales y especializados, de residencias de ancianos y/o “minusválidos” (así los nombraba la ley) de centros sociales polivalentes, de día, ocupacionales o de acogida; e incluso de centros de drogodependientes y alcohólicos, que hasta muchos años después no pasaron a ser parte del sistema público de salud.
Del PRAS a los Consejos de Servicios Sociales
Casi en paralelo con la Ley, nació el PRAS, el programa que llevó los servicios sociales generales a toda la región haciendo realidad muchos de los programas que la ley mencionaba.
Y nacieron los Consejos de Servicios Sociales, el regional, los provinciales y los locales, en los que durante muchos años, la Administración daba cuentas a los miembros que los componían (sindicatos, entidades y ONG) de programas, planes y presupuesto.
Fueron años de formación continua y continuada (reglada y no reglada, esa que se adquiere con la práctica diaria, las reuniones y las discusiones con las colegas), de creación de equipamientos y servicios, de aumento paulatino y progresivo de personal, de incorporación de otros profesionales a los incipientes equipos de trabajo, de la implicación de los ayuntamientos grandes a través del Plan Concertado (1989).
Algunas cosas no se hicieron nunca, como el Instituto Castellanomanchego de Servicios Sociales (seguramente “inspirado” en el IMSERSO, que era lo más moderno que conocíamos ) o el mapa de servicios sociales. Y es que a veces la realidad pone freno a las ideas, aunque sin ellas no sea posible avanzar.
Cuando se publicó aquella Ley, yo tenía 35 años, era Jefa de Servicio de Bienestar Social de la Delegación Provincial de Albacete. Asistí a algunas reuniones en Toledo durante la elaboración de la misma y recuerdo que sentía que estábamos haciendo algo importante.
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