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Un jurado popular declara no culpable al guardia civil acusado de actuar como “intermediario” entre los titulares de armas para subasta y los nuevos compradores

Foto de archivo de una subasta cualquiera de armas en una comandancia de la Guardia Civil.

Europa Press

28 de octubre de 2021 16:48 h

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El jurado popular en el caso del que fuera jefe de la Intervención de Armas de la Comandancia de Valladolid, J.M.Z.P, le ha declarado no culpable del delito de negociaciones prohibidas a funcionario del que venía siendo acusado por actuar como “intermediario” entre los titulares de armas entregadas al Instituto Armado para su subasta y los nuevos adquirientes.

Tras tres jornadas de juicio celebradas entre el pasado viernes y este martes en la Audiencia de Valladolid y después de que el miércoles la presidenta del tribunal entregara el objeto del veredicto al jurado popular, éste, por seis votos a favor y tres en contra, ha emitido este jueves veredicto de no culpable al considerar, como así postulaba la defensa, que la conducta del encausado no reúne los requisitos del tipo penal por el que ha sido enjuiciado, esto es, al no considerarse probado que obtuvo beneficio o ventaja en ese papel de “intermediario”.

Tras ello, la presidenta del jurado ha anunciado ya 'in voce' el fallo absolutorio que en unos días se encargará de redactar.

Una vez conocido el fallo, el letrado Jesús Verdugo, quien ha ejercido la defensa del funcionario, se ha felicitado por la decisión del jurado del que ha alabado que haya “entendido perfectamente las instrucciones de la magistrada sobre qué es un delito y qué es una infracción administrativa”, al tiempo que ha subrayado que sus integrantes han sido prácticamente unánimes en la mayoría de sus deliberaciones.

Así, la actuación del agente queda circunscrita al ámbito meramente administrativo en el que habrá de depurarse si cometió o no una infracción grave por infringir lo estipulado en una circular de 2012 que determina que las armas cuya puja en una subasta ha quedado desierta tienen que ser achatarradas y, además, prohíbe taxativamente a los agentes de la Intervención licitar para sí las mismas o actuar como mediadores entre los propietarios de aquellas depositadas en la Comandancia para su subasta y las personas interesadas en su adquisición.

El veredicto del jurado es conforme a lo solicitado por el letrado del guardia y contrasta con la postura del fiscal del caso, que había mantenido su petición de un año y tres meses de prisión, junto con una multa de 3.600 euros y la inhabilitación del agente por espacio de cuatro años y medio.

En concreto, el acusador público entendía acreditado que J.M.Z.P. cometió un delito de negociaciones prohibidas a funcionario, en referencia a que cuando se produjo la trasferencia de las escopetas y rifles, en los años 2016 y 2017, regía la referida circular que le impedía tomar partido en las subastas de armas y ejercer un papel de mediador entre las partes.

MEROS REGALOS

Fue el guardia civil quien, por propia iniciativa y como el propio acusado ha reconocido, se dedicó a contactar con los dueños de rifles y escopetas para proponerles que pasaran a sus propias manos, a las de un hermano suyo o a las de tres amigos, en este último caso a modo de “regalo” ante su consideración, no compartida por el fiscal, de “colaboradores” del Cuerpo.

El acusador público también reprochaba que el encausado no solo llamara por teléfono a los propietarios de las armas cuya subasta había quedado desierta sino que llegó a personarse en sus domicilios uniformado, al tiempo que formalizó las trasferencias no en la Comandancia y a presencia de las dos partes interesadas, como era lo lógico y la práctica habitual, sino fuera de dichas instalaciones, incluso en algún bar.

Sin embargo, para el letrado de la defensa la conducta de su cliente se enmarca en un “supuesto disciplinario” que habrá de dirimirse dentro de la propia Guardia Civil desde el punto de vista administrativo, ya que no obtuvo un enriquecimiento pues la armas fueron trasferidas como un obsequio, algo que corroboraron en el juicio los nuevos titulares, entre ellos el propietario de una armería y una galería de tiro utilizada por la Guardia Civil para realizar prácticas.

El agente ya fue absuelto en enero de 2016 en este mismo escenario, también en la Audiencia Provincial, de un delito de prevaricación

por paralizar en 2013 la solicitud de renovación de licencia de caza presentada por un cazador. Fiscalía y la acusación particular habían solicitado para el guardia, respectivamente, su inhabilitación por espacio de siete años y medio y diez años.

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