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La Audiencia de Barcelona rechaza imputar al jefe de los antidisturbios de la Policía por las cargas del 1-O

Intervención policial en el colegio Ramon Llull de Barcelona, grabada por la propia Policía

Oriol Solé Altimira

10 de mayo de 2021 22:20 h

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La Audiencia de Barcelona ha rechazado imputar al jefe de los antidisturbios de la Policía Nacional, al comisario responsable de la unidad de Información y al jefe de su brigada provincial de Barcelona por las cargas policiales del referéndum del 1 de octubre de 2017 en la capital catalana. Los magistrados desestiman la petición de la Generalitat y de varios heridos de investigar a los tres mandos al concluir que no hay indicios de que se dieran órdenes para actuar “con contundencia” a los agentes ni tampoco que se diseñara un operativo “severo y violento”.

En un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, los magistrados de la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona confirman la negativa del juez instructor, que mantiene investigados a una cincuentena de agentes, a imputar a los tres responsables policiales. La eventual responsabilidad de las lesiones de los ciudadanos, argumentan los togados, es de los agentes y de sus mandos que actuaron en cada una de las escuelas, pero no de sus jefes que no estuvieron sobre el terreno.

Casi cuatro años después el referéndum del 1 de octubre de 2017 sigue coleando en los juzgados. No solo para los altos cargos del Govern, sino también para decenas de agentes antidisturbios de la Policía y de la Guardia Civil. En el caso de la investigación de Barcelona, la más voluminosa de todas las abiertas en juzgados catalanes, los agentes de mayor rango investigados son los ocho inspectores jefe de los antidisturbios que comandaron a sus respectivas unidades en los centros de votación. La Generalitat y acusaciones particulares de los heridos querían ir un paso más allá en la cadena de mando e imputar a los tres mandos máximos –el jefe de la unidad de antidisturbios y los dos de la brigada de Información– al considerarlos responsables del diseño del operativo.

Los magistrados rechazan las pretensiones de las acusaciones para crear una causa global sobre la actuación policial el 1-O. Los casos de “uso de violencia innecesaria y desproporcionada” y de “extralimitación de la fuerza” por parte de los agentes “deberán valorarse en cada colegio electoral y en cada caso”, resaltan los jueces. Pero tras una larga instrucción, añaden, no se han encontrado indicios de que hubiera una “instrucción concreta” por parte de los responsables del operativo para actuar “con contundencia o una mayor violencia que la imprescindible” para impedir la votación, tal y como había ordenado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

Para llegar a esta conclusión los magistrados se apoyan en tres patas. Los ocho inspectores jefes investigados han declarado que las órdenes de sus superiores para actuar el 1-O estaban basadas en los principios de proporcionalidad, oportunidad y empleo progresivo de los medios de fuerza. Así constaba además en la instrucción previa al 1-O redactada por el entonces secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto, quien ante ante el juez se responsabilizó del operativo pero al que ninguna acusación, recuerdan los jueces, ha solicitado imputar. Y en tercer lugar, el informe posterior sobre el dispositivo, elaborado a requerimiento del juez por el coordinador del operativo, el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, resalta que a los agentes se les dieron instrucciones para actuar de forma proporcionada.

En suma, los jueces descartan “la existencia de una instrucción concreta de actuar el 1 de octubre de 2017 con contundencia y violencia”, y en consecuencia no ven necesaria la imputación de los tres jefes policiales al no haber indicios de criminalidad contra ellos. “No hay ningún dato que permita afirmar la existencia de un operativo policial diseñado expresamente para impedir el ejercicio de derechos, más allá del hecho de votar que constituía el objeto del mandato judicial [del TSJC], ni para imputar las lesiones causadas a los ciudadanos a los mandos superiores”, abunda la Sala.

Cabe recordar que los mismos magistrados, a lo largo de los tres años y medio de instrucción del caso, han instado al juez instructor a reabrir varias piezas archivadas por las cargas en distintas escuelas para indagar en la cadena de mando del dispositivo con el objetivo de “profundizar en la investigación” y averiguar “las órdenes concretas” que recibieron los agentes actuantes. Una vez se ha completado una investigación a fondo, la conclusión es que no hubo una orden general para actuar con violencia, sino actuaciones concretas desproporcionadas en algunos de los 27 colegios de la capital catalana donde intervino la Policía.

Antes de que el juez cierre por completo la instrucción del caso y decida a cuántos agentes envía a juicio, los magistrados tendrán que resolver otros recursos planteados tanto por las acusaciones de los heridos como por la Fiscalía. Es el caso de la negativa del juez a atender la petición de la Fiscalía y de archivar toda la causa de las cargas del 1-O salvo para seis agentes. De momento el instructor ya cuenta con el espaldarazo de la Audiencia de Barcelona para no imputar a los tres jefes policiales.

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