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La Fiscalía pide al Supremo revocar el tercer grado de Bassa y Forcadell porque “su estancia en prisión es más teórica que real”

La exconsellera Dolors Bassa, en una imagen de archivo

Oriol Solé Altimira

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La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo revocar el tercer grado de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera de Trabajo Dolors Bassa al valorar que “su estancia en prisión es más teórica que real”. El Alto Tribunal ya tiene sobre la mesa todos los recursos de la Fiscalía contra la semilibertad de los presos del procés, algunos de ellos pendientes de resolución desde hace casi dos meses.

El juez de vigilancia penitenciaria avaló la semilibertad de Forcadell y Bassa al considerar que la “gravedad delictiva” y el tiempo de cumplimiento de las penas de once y doce años de cárcel a las que fueron condenadas por sedición “no constituyen obstáculos insalvables” al tercer grado que les concedieron los servicios penitenciarios de la Generalitat. Valoró en especial el juez que ambas exdirigentes no quisieran volver a la política y priorizaran pasar tiempo con su familia.

En su recurso, la Fiscalía insiste en que solo un internamiento efectivo –sin salidas laborales ni para cuidar de familiares– puede hacer que las penadas “reconozcan el delito” y no solo los hechos por los que fueron condenadas, como ya hacen. Para lograr la “asunción delictiva”, la Fiscalía insiste en que Forcadell y Bassa realicen “un programa de tratamiento” sobre la sedición, algo que los jueces catalanes de vigilancia penitenciaria veían contrario a la libertad ideológica pero que el Supremo avaló cuando decidió paralizar las salidas laborales de los presos del procés.

Hasta que no se complete “de forma satisfactoria” dicho programa y las condenadas “asuman que lo que hicieron y por lo que fueran condenadas es un delito”, para la Fiscalía no cabe la progresión al tercer grado.

Bassa y Forcadell permanecieron en prisión preventiva desde el 23 de marzo de 2018 hasta la sentencia del Supremo del 14 de octubre de 2019. Tres meses después, ya condenadas en firme, las cárceles catalanas les permitieron salir a cuidar de familiares. A diferencia de los presos de Lledoners, el juez que avaló su tercer grado no lo suspendió en verano. No obstante, la ley penitenciaria marca que una vez la Fiscalía recurre la semilibertad ante el tribunal sentenciador –en este caso, el Supremo– ésta sí se suspende automáticamente hasta que los jueces decidan.

En el caso de Bassa, la Fiscalía rechaza las apreciaciones del juez de vigilancia penitenciaria y del equipo técnico de la cárcel y afirma que la exconsellera “mantiene todos los déficits que le llevaron a delinquir: falta de respeto a las leyes y a los tribunales de justicia, creencia de un mandato superior del Parlamento de Cataluña por encima del mandato del Tribunal Constitucional”. Respecto a Forcadell, la Fiscalía incide en que, de conceder el tercer grado, que permite a los presos ir a prisión solo a dormir entre semana, “se haría imposible la continuidad” del tratamiento sobre la sedición.

La Fiscalía también cree que el bajo riesgo de reincidencia que presentan ambas presas, hecho que el juez tuvo en cuenta para avalar el tercer grado, no es relevante. El motivo es que, según el Ministerio Público, el sistema para valorar el riesgo de reiteración delictiva que usan los profesionales de las cárceles “está pensado para el delincuente en general” y “no es aplicable” a los condenados por sedición.

“El ser drogadicto o el carecer de estudios es considerado, en dicho sistema, factores de riesgo que aumentan las posibilidades de reincidencia delictiva, sin embargo, si la interna [Forcadell y Bassa] sufriese estos déficits nunca hubiese podido cometer el delito por el que está condenada, puesto que nunca hubiese alcanzado el cargo de responsabilidad necesario para cometerlo”, razona el fiscal en sus recursos.

Es más, para el fiscal si se valorara “únicamente” las posibilidades de reinserción familiar, laboral y social de los presos para conceder el tercer grado sin tener en cuenta el “nivel de asunción de responsabilidad” de los hechos por los que fueron condenados y “las necesidades de tratamiento” se generaría “una desigualdad insoportable e inconstitucional en el propio sistema que daría patente de corso a este tipo de delincuentes que no estén relacionados con la marginalidad social o económica”. “Se vaciaría así el sentido de la pena y del principio constitucional de igualdad ante la ley”, apostilla la Fiscalía.

Rull y Turull afean el Supremo su “letargo procesal”

Con el recurso contra el tercer grado de Bassa y Forcadell, la Fiscalía ha completado las impugnaciones de la semilibertad de los nueve presos del procés que han avalado en primera instancia dos jueces de vigilancia penitenciaria. La decisión final recae sobre el Tribunal Supremo porque fue el tribunal que emitió la sentencia sobre los presos.

A diferencia de Bassa y Forcadell, en el caso de los siete presos de Lledoners, el recurso de la Fiscalía está pendiente de resolver por parte del Supremo desde finales de septiembre, pues la jueza de vigilancia penitenciaria avaló más rápidamente su tercer grado que el magistrado encargado de decidir sobre la semilibertad de la expresidenta del Parlament y la exconsellera de Trabajo. Antes del recurso de la Fiscalía, la jueza de los presos de Lledoners decidió suspender de forma automática el tercer grado, una decisión opuesta a la que tomó el magistrado respecto a Bassa y Forcadell.

En este sentido, los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull y el exlíder de la ANC y actual secretario general de JxCat, Jordi Sànchez, han remitido un escrito al Supremo en el que recuerdan que la normativa penitenciaria establece que se resolverán “de forma preferente” los recursos contra la clasificación en tercer grado, por lo que han reclamado al Alto Tribunal que abandone el “letargo procesal” de su causa y resuelva “de forma urgente” las impugnaciones de la Fiscalía a la semilibertad.

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