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La Fiscalía recurrirá la sentencia de Dani Alves al discrepar de que haya reparado el daño a la víctima

Dani Alves, durante el juicio

Oriol Solé Altimira

Barcelona —

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La Fiscalía de Barcelona recurrirá la sentencia que condenó por agresión sexual al futbolista Dani Alves al discrepar de la aplicación de la atenuante de reparación del daño a la víctima que decidió el tribunal y que contribuyó a rebajar su pena.

Según han informado fuentes fiscales, la Fiscalía ha decidido impugnar la sentencia que condenó a Alves a cuatro años y medio de cárcel al entender que no procedía la aplicación de la atenuante de reparación del daño, que el tribunal aplicó al valorar únicamente que el jugador ya había consignado antes del juicio 150.000 euros como eventual reparación a la víctima.

Se trata de una cuestión técnica y que será el único elemento del recurso. Tras la sentencia, la aplicación de la atenuante fue justamente la cuestión que suscitó más debate en medios jurídicos, pues varios profesionales cuestionaron que el dinero fuera el único elemento para valorar la reparación del daño, más aún cuando la sentencia obviaba las entrevistas en periódicos de Alves contra la víctima pese a reconocer que la violación generó un trauma psicológico en la víctima.

Los cuatro años y medio de cárcel impuestos a Alves fueron inferiores a los nueve que solicitaba la Fiscalía y los doce que reclamaba la acusación particular de la víctima. La rebaja se explica por el hecho de que Alves abonó la indemnización de 150.000 euros –superior a las habituales en delitos sexuales–, y la primera versión de la ley del 'solo sí es sí'. Tras la reforma ocasionada por la rebaja de penas que comportó el 'solo sí es sí', la agresión sexual se castiga por lo menos con seis años de cárcel, pero cuando Alves cometió la violación la pena mínima eran cuatro años.

Con estos dos mimbres, el tribunal podía imponer una pena de cuatro a ocho años de cárcel para Alves, y los jueces se decantaron por una seis meses superior a la mínima.

El propio tribunal reconoció que la indemnización de 150.000 euros “no cubre el total de perjuicio causado, que es de orden moral”, pero valoró el hecho de que Alves indicara antes del juicio que entregaba esa cantidad a la víctima “con independencia del resultado del juicio”. Los magistrados aplicaron la atenuante de forma simple y no muy cualificada (lo que habría rebajado la pena a una horquilla de entre dos y cuatro años) porque el futbolista dispone de muchos medios económicos y 150.000 euros es “una cantidad pequeña en relación con el patrimonio” del futbolista.

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