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Una jueza tumba la mayor peatonalización de Colau en Barcelona con las obras ya terminadas

El tramo peatonal recién estrenado en Consell de Cent, en Barcelona

Pau Rodríguez

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Una jueza ha tumbado la mayor peatonalización que llevó a cabo Ada Colau en Barcelona durante el pasado mandato, en la calle Consell de Cent, a pesar de que las obras ya están finalizadas desde hace meses. En una sentencia que ha adelantado La Vanguardia, la magistrada del Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de la capital catalana ha dado la razón al demandante, la Unión de Ejes Comerciales y Turísticos, y obliga al Ayuntamiento a regresar al estado anterior a la pacificación.

La decisión judicial deja al consistorio en una posición insólita, puesto que la nueva urbanización de Consell de Cent –y de los demás ejes verdes– se llevó a cabo a lo largo del curso pasado y acabó justo antes de las elecciones municipales. Además de la peatonalización de esa vía, solo en el Eixample se llevaron a cabo tres más (en Girona, Rocafort y Comte Borrell) dentro del plan Superilla Barcelona, con un presupuesto de 52,7 millones. 

Lo que hace la magistrada ahora es revocar la aprobación del proyecto de reurbanización del Consell de Cent, adoptada en comisión de Gobierno el pasado 26 de mayo de 2022. Las razones que aduce la jueza es que, tal como argumentan los denunciantes, para llevar a cabo unas obras de ese calibre se tendría que haber modificado el Plan General Metropolitano de Barcelona, en vez de tramitarlas como obras de carácter ordinario.

Los ejes verdes del Eixample son una realidad para sus vecinos desde hace meses. El asfalto y los carriles de coche dejaron paso a una plataforma única de adoquines, con prioridad para el peatón, y donde los coches deben circular a 10 km/hora como máximo. Además se abrieron cuatro nuevas plazas en las intersecciones de las calles peatonalizadas. 

El Ayuntamiento recurrirá la sentencia pero se desmarca de Colau

El Ayuntamiento de Barcelona, hoy comandado por Jaume Collboni (PSC), ha anunciado que presentará un recurso contra la sentencia para defender el buen hacer de los servicios técnicos y jurídicos del consistorio. Pero al mismo tiempo se ha desmarcado de Colau y no ha querido criticar la sentencia. La teniente de Alcaldía de Urbanismo Laia Bonet ha expresado que el urbanismo que quiere practicar su gobierno debe partir del “diálogo” y el “consenso”, no desde la “confrontación y el conflicto”. “Si no, se acaban reforzando lógicas de judicialización de las que esta sentencia es una buena muestra”, ha advertido.

Bonet no ha escondido durante la rueda de prensa que su Gobierno no comparte el plan de ejes verdes en el Eixample de Colau, y ha recordado que su proyecto para ganar espacios verdes en el distrito pasa por abrir interiores de manzana a los vecinos. 

La decisión judicial supone un revés para el plan estrella de Colau, pero no es el único. Su otra gran medida para reducir la contaminación y avanzar hacia una movilidad sostenible, la Zona de Bajas Emisiones, fue anulado por la Justicia al considerar que tenía efectos negativos en las personas de menor capacidad adquisitiva. Hoy está pendiente de que se pronuncie el Tribunal Supremo.

Colau, actualmente concejal por Barcelona en Comú, ha lamentado que el tribunal vaya “contra el sentido común” y ha advertido que no permitirán que se dé marcha atrás en la peatonalización. También se ha dirigido al “lobby económico” que lo denunció: “Quieren priorizar los coches por encima de la salud del vecindario”.

Por su parte, la patronal Foment del Treball ha celebrado la resolución y ha acusado a Colau de anteponer “la ideología” a la “legalidad”. Además, ha advertido que la sentencia les da fuerza para oponerse a otras pacificaciones, como la que está en marcha actualmente en Via Laietana.

La modificación del Plan General, el argumento clave

La sentencia que anula la aprobación del eje verde de Consell de Cent parte de una denuncia de la Unión de Ejes Comerciales y Turísticos, que pertenece a Barcelona Oberta. La base de su argumentación, a la que la jueza da la razón, es que para acometer el proyecto urbanístico de las peatonalizaciones en el Eixample se debería haber llevado a cabo una modificación del Plan General Metropolitano (PGM), dado que se cambia la función de calle. 

Como parte de la red viaria local, aduce la magistrada, Consell de Cent tiene unas funciones que se han visto afectadas. Entre ellas, dar acceso a sus edificaciones y conectar con las vías básicas de tráfico, de acuerdo con el artículo 196.3 del PGM. “Esta función es de imposible cumplimiento con las obras que se realizan en las calles afectadas ya que el proyecto limita el tráfico de vehículos, extremo que evita que se haga realidad el enlace con las vías básicas porque solo se permite acceso a los vehículos que tienen origen o destino en la citada calle”, afirma.

De esta forma, concluye la jueza, la calle pasa a ser una “vía cívica”. De nada ha servido en ese punto la exposición del Ayuntamiento, que alegó que no se impide el acceso a los coches y motos y que se mantienen las condiciones de circulación de los vehículos de servicios. “Se trata simplemente de establecer dos ejes de prioridad invertida con plataforma única”, expuso la parte demandada. Según la jueza, la creación de plazas en las intersecciones de las calles peatonales es otra nueva muestra de que pasan a ser ejes cívicos.

La decisión judicial choca con la opinión de la Fiscalía en otra causa también vinculada con los ejes verdes y que fue archivada. El Ministerio Público desechó una demanda por la vía penal por parte de la entidad Salvem Barcelona y, en lo que respecta al Plan General Metropolitano, concluyó que “no es evidente” que hubiese que modificar esa norma. “No se discute la potestad municipal de ordenar el espacio público, que es lo que pasa en esta denuncia, y no se puede concluir que la decisión municipal suponga una infracción clara, manifiesta y flagrante de la normativa urbanística”, rezaba el auto de archivo. 

Por último, la jueza afea al gobierno de Colau que adjudicara las obras dividiéndolas en 20 proyectos ejecutivos distintos, en función de los tramos de calle, una decisión que, según las sentencia, no se justificó debidamente. Aun así, la magistrada reconoce que el objeto del procedimiento no es valorar la licitación y la adjudicación de la obra. 

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