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Transparencia advierte a Colau de que la actitud “obstructiva” de TMB podría infringir la ley

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Arturo Puente

A la Comisión de Garantía de Acceso a la Información Pública (GAIP) se le acaba la paciencia respecto a la opacidad en la empresa pública de Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB). Según advierte la última resolución dictada por el organismo encargado de arbitrar sobre temas de transparencia en Catalunya, la actitud “obstruccionista” de la empresa municipal, que se negó a revelar las facturas de varios informes externos, “probablemente” constituye una infracción sancionable de la ley.

Este nuevo correctivo se suma a los múltiples que desde la GAIP se han hecho contra TMB, la mayoría debidos a la ocultación de los sueldos y nombres del personal fuera de convenio de la empresa de transportes. En este caso sin embargo el tirón de orejas tiene que ver con la ocultación de las facturas de tres informes jurídicos encargados por la empresa a despachos externos, con los que la empresa intentaba justificar la opacidad de sus cargos y sueldos.

Catalunya Plural reclamó el pasado 28 de diciembre conocer los expedientes de contratación y coste de esos informes, algo a lo que se negó el consejero delegado de TMB, Enric Cañas, mediante una resolución fechada el 27 de enero. En ella, la empresa consideraba que no podía dar acceso a esta información ya que “la documentación a la que se reclama acceso no existe como expediente de contratación”.

Ante la reclamación de este diario, TMB informó después de que las facturas de estos informes sí existen y obran en su poder, aunque solo aportó ante la GAIP dos de las tres reclamadas. Se supo entonces que el coste total de los trabajos jurídicos había ascendido a 9.000 euros. Catalunya Plural reclamó además que la Comisión elevase una petición razonada al Área Metropolitana de Barcelona para que, en caso de que se considerase que la actitud de la empresa pública era constitutiva de infracciones, iniciara el expediente sancionador con arreglo a la ley de transparencia.

Ahora, en una resolución del 5 de abril, la Comisión de Transparencia da la razón a Catalunya Plural respecto a su derecho a conocer esta información, y considera “probable” que la actitud de TMB sea constitutiva de infracción leve, ya que observan como una negligencia en materia de transparencia que el consejero delegado de TMB, Enric Cañas, se negara a revelar estas facturas cuando le fueron reclamadas.

Pero la GAIP va incluso más allá al indicar que, en vista de “la irracionalidad de la motivación dada” por la empresa para negar el acceso a dichas facturas, “incluso se podría valorar la posibilidad de incurrir en la infracción grave”. Ambos tipos de infracciones, leve y grave, comportan sanciones según la ley catalana de transparencia. En el caso de las leves, se resuelve con una amonestación y, en el de las graves, puede incluso llevar aparejada la suspensión del cargo público de 3 a 6 meses.

La resolución fue notificada la semana pasada a TMB, con el mandato de aportar las facturas que aún mantiene ocultas en un plazo de 5 días. Además, la GAIP ha acordado trasladar sus consideraciones tanto a Ada Colau, como presidenta del Área Metropolitana de Barcelona de quien depende de TMB, como a la responsable de transparencia de la entidad supramunicipal, Gemma Calvet, “por si consideran adecuado adoptar alguna medida en relación con la actitud obstructiva de TMB”.

Pese a esta puesta en conocimiento de Colau y Calvet de infracciones sancionables, la GAIP considera que no son los órganos de la AMB quienes tiene competencias para sancionar infracciones de este tipo. Sin embargo, se abstiene de identificar quién debería serlo. La ley catalana de transparencia, en sus artículos 84.3 y 86, considera que, cuando se trata de altos cargos al servicio de la Administración local, la competencia para sancionarlos es del alcalde o el presidente de los entes locales o del pleno. Este lunes fuentes del ayuntamiento de Barcelona informaron de que la resolución todavía no les había llegado.

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