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Uno de los condenados por la violación de Manresa no se presenta a la vista sobre su ingreso en prisión

Los acusados, entrando a los juzgados durante el juicio

Oriol Solé Altimira

Uno de los condenados por la violación a una menor en Manresa (Barcelona) en 2016 no se ha presentado a la vista a la que había sido convocado para decidir sobre su ingreso en prisión provisional. La Fiscalía ha pedido una orden de arresto para este condenado, Yordanis J.C., pero no para otro de los violadores que tampoco ha comparecido. Según su defensa, sí se presentará el próximo 17 de diciembre, fecha en la que el tribunal tiene previsto celebrar otra vista para el último de los condenados. En esta misma fecha el tribunal comunicará su decisión sobre todas las prisiones y la eventual emisión de una orden de arresto.

Así, este martes solo se ha celebrado una vista en la sección 22 de la Audiencia de Barcelona con dos de los condenados que sí han comparecido. Los jóvenes han reclamado seguir en libertad provisional con las mismas medidas cautelares que hasta ahora, estas son, la retirada del pasaporte, la obligación de presentarse semanalmente ante el juzgado y la prohibición de acercarse a la víctima.

La Fiscalía y la acusación particular de la víctima piden el ingreso inmediato en prisión provisional de los cinco condenados mientras se resuelven los recursos a la condena impuesta por la sección 22 de la Audiencia de Barcelona. Ha pasado más de un mes entre la emisión de la sentencia y la citación para decidir el ingreso en prisión provisional de los condenados.

Los magistrados condenaron el pasado 31 de octubre por abuso sexual y no por agresión, como pedía la Fiscalía, a cinco de los siete acusados de la violación por turnos a una menor durante una fiesta de Halloween en una fábrica abandonada de Manresa en 2016. La pena impuesta a los dos principales acusados fue de 12 años de cárcel, situada en la franja más alta de las posibles condenas por delito de abusos. Otros tres fueron condenados a 10 años de cárcel, mientras que dos de los acusados –uno por participar en la violación y otro por no impedirla– fueron absueltos.

Los magistrados condenaron por abuso porque la embriaguez de la menor hizo innecesario que los violadores la sometieran a violencia o intimidación, los requisitos para condenar por agresión sexual. “La víctima –concluyeron los togados– se encontraba en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía, y, consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación”.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular de la víctima han recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) para intentar lograr una condena por agresión sexual. Las defensas también han recurrido, en su caso para reclamar la absolución de los condenados en primera instancia.

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