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La adjudicataria del aeropuerto de Ciudad Real paga 83.000 euros al mes por su mantenimiento

Aeropuerto de Ciudad Real

Carmen Bachiller

El juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real ha fijado el importe mensual a satisfacer por parte de la adjudicataria provisional del aeropuerto de Ciudad Real, CR International Airport S.L., para hacer frente a los gastos que sigue generando la instalación aeroportuaria, mientras se completa el proceso de compraventa. Un importe que asciende a 82.879,95 euros.

Se trata de gastos por conceptos relacionados con el servicio integral de mantenimiento seguridad y limpieza (65.042,47 euros), los gastos de teléfono tanto del aeropuerto como del director (691,66 euros) así como los gastos de personal (14.145,82 euros). En este último caso, el magistrado explica en el auto que, “como ya se sugirió en noviembre de 2015 por este magistrado que en su caso sea, en atención a las circunstancias concretas, barajada la posibilidad de reducir la jornada de ambos empleados, director y secretaria del director”.

También incluyen los gastos de electricidad. El auto recoge cómo el aeropuerto pagaba mensualmente más de 53.000 euros por este concepto. Tras el cierre de las instalaciones la administración concursal había rebajado la potencia contratada desde 2.400 Kw hasta 500 Kw por lo que los gastos generados, se estima, serán considerablemente más bajos.

Ahora se especifica que, de momento, “mientras no explote de forma efectiva la unidad”, se pagará el 25% del concepto de potencia contratada que se reseñe en la factura y el 15% del consumo real de la unidad con un limite mensual de 3.000 euros. Añade el magistrado que en el momento que la adjudicataria explote total o parcialmente las instalaciones deberá abonar el 100% de la factura por ese importe.

Las cantidades deberán ser ingresadas antes del último día de cada mes, incluido el presente del mes de mayo de 2016 en la cuenta de consignaciones del Juzgado por parte de la adjudicataria provisional. Contra la decisión del magistrado cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días aunque, señala el auto, dicho recurso no tendría efectos suspensivos.

En el auto se recuerda a la empresa adjudicataria que, en el plazo máximo de 12 meses, contados a partir del mes de mayo de 2016, la escritura notarial de compraventa deberá estar terminada. Y también deberá estar abonada por parte de la compradora el 75% restante del precio ofrecido hasta completar el 80% del total. El proceso se cerrará totalmente una vez elaborada la escritura y previo pago por parte de la adjudicataria provisional del 100% del precio ofrecido.

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