Consumo avisa: los gastos de gestión y fianzas excesivas son las cláusulas abusivas más comunes de las inmobiliarias
El Ministerio de Consumo sigue su campaña de paso firme contra el sector inmobiliario en plena crisis de vivienda. Un día después de hacer pública una nueva sanción a una gran inmobiliaria que tiene “miles de pisos en alquiler” por sus cláusulas abusivas, ha hecho públicas cuáles son las prácticas ilícitas más comunes entre las inmobiliarias y se lo comunicará a arrendadores y arrendatarios para que estén al tanto. El cobro de gastos de gestión inmobiliaria a inquilinos (ilegal desde la ley de 2023, que los deja a cargo de los propietarios), las fianzas por encima de lo permitido o el cargo de indemnizaciones desproporcionadas por la demora de desalojos son algunas de ellas.
Son “acciones declaradas judicial o legalmente abusivas que se encuentran de forma recurrente en la contratación inmobiliaria y en las denuncias ejercidas por las personas consumidoras”, dice el Ministerio, que ya impuso una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por imponer la contratación de un seguro, cobrar gastos de gestión y otras prácticas. La empresa utiliza la multa de consumo como reclamo publicitario: contrató a trabajadores para que se disfrazaran de multa en el salón inmobiliario SIMA.
Organizaciones de inquilinos y también patronales e inmobiliarias recibirán en los próximos días un comunicado alertando de estas situaciones.
Los gastos de formalización de contrato deben ser asumidos por el arrendador según el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), tras la reforma introducida por la Ley 12/2023.
En cuanto a las fianzas, el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos recoge que debe ser de una mensualidad del alquiler y que se puede pactar que llegue hasta dos, pero nunca quedar por encima.
Cuando un inquilino no cumple su contrato, la ley recoge que se pueden aplicar indemnizaciones, pero de acuerdo con antecedentes judiciales se consideran excesivas en casos que hasta triplican la renta diaria del contrato.
También hay inmobiliarias que vinculan la devolución de la fianza al cumplimiento de la totalidad de la duración del contrato, otra práctica considerada abusiva, así como el reconocimiento de la negociación individual del contrato, en casos en que se ha impuesto la voluntad del arrendador. “Los tribunales han señalado que la inclusión de cláusulas que afirman que el contrato ha sido negociado individualmente puede suponer una inversión indebida de la carga de la prueba sobre el consumidor”, señala el comunicado de Consumo.
Imponer gastos procesales de forma general por el incumplimiento de contrato es la sexta y última cláusula habitual entre las inmobiliarias apuntada por el Ministerio. “Este tipo de estipulaciones suelen prever de manera genérica que el inquilino deba asumir todos los gastos judiciales, sin tener en cuenta las circunstancias del caso concreto, como la posibilidad de allanamiento del arrendatario, la necesidad de reclamaciones extrajudiciales del arrendador, o la concurrencia de dudas de hecho o de derecho que en cada caso concreto pueden excepcionar la regla general que se limita a recoger la cláusula contractual”, dice el comunicado.
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