Fecundadas y duchadas
La Comunidad de Madrid va a reconocer administrativamente al embrión como un integrante más de la unidad familiar. La Asamblea regional aprobó la semana pasada la denominada ley del concebido no nacido, la iniciativa estrella impulsada por Isabel Díaz Ayuso. Y Miguel Ángel Rodríguez decidió explicar la norma en X dejando clarísimo todo su matiz ideológico. Según escribió, en cuanto concluye la fecundación —incluso “antes de ducharse”, precisó con rigor bioético—, lo que existe en el vientre de una mujer ya es una persona con derechos. Esa es, añadió, “la revolución frente a la cultura woke e izquierdista”.
Las mujeres somos seres fecundados y duchados, en ese preciso orden y no otro. El mensaje no parece solo una nueva boutade provocadora del jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso. Detrás del tuit asoma una estrategia política que en Estados Unidos ya ha alcanzado cotas mucho más ambiciosas como las de atribuir personalidad jurídica plena al embrión o al feto. Bajo el concepto de fetal personhood, distintos estados han impulsado iniciativas destinadas a reconocer a los óvulos fecundados derechos constitucionales equivalentes a los de cualquier persona.
En 2018, Alabama se convirtió en el primer Estado en consagrar una cláusula sobre la personalidad jurídica del feto en su constitución estatal, con consecuencias muy profundas en cuanto a la vigilancia y control draconiano de las mujeres embarazadas. La norma no implica únicamente prohibir el aborto de facto, también restringe potencialmente determinados métodos anticonceptivos, complica el tratamiento jurídico de los abortos espontáneos, pone bajo sospecha técnicas de reproducción asistida e introduce restricciones sobre la autonomía de las mujeres durante el embarazo.
Y, como ocurre a menudo con las construcciones jurídicas maximalistas, sus efectos pueden extenderse a ámbitos completamente inesperados. En Missouri, donde existe una legislación especialmente amplia sobre la personalidad jurídica del feto, condenados por delitos de abuso sexual infantil llegaron a sostener ante los tribunales que la edad de sus víctimas debía calcularse desde la concepción y no desde el nacimiento. Si ese argumento hubiera prosperado, las víctimas serían jurídicamente nueve meses mayores y algunos acusados podrían haber obtenido ventajas procesales. Los jueces rechazaron esa interpretación, pero la simple posibilidad dejó al descubierto cómo una formulación de este tipo puede acabar siendo utilizada con fines que no estaban en la mente del legislador.
No hay nada del fetal personhood en la ley madrileña. La norma aquí se limita a anticipar el acceso a determinadas ayudas públicas desde que el embarazo pueda acreditarse, pero cuando Miguel Ángel Rodríguez decide envolver la medida en el lenguaje de la guerra cultural y convertirla en una declaración sobre cuándo empieza la vida o cuándo existe una persona con derechos, resulta inevitable pensar que su objetivo va más allá.
Una vez reguladas las ayudas post-fecundación, algún día convendría que legislaran sobre conciliación, climatización de las aulas, plazas en escuelas infantiles públicas o la carencia de 44 pediatras en la Comunidad de Madrid, según los cálculos de los propios sindicatos sanitarios. Llamadme peligrosa woke, pero tal vez los niños y las mujeres importen más que un cigoto unicelular, aunque esté recién duchado.
1