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¿Todos los hombres pueden cobrar el complemento de maternidad en la pensión? Claves de la decisión del Supremo

Dos abuelos pasean con su nieta.

Laura Olías

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El Tribunal Supremo adelantó la semana pasada una nueva sentencia sobre el complemento de maternidad de las pensiones que reguló el Gobierno de Mariano Rajoy y que puede tener repercusión para miles de progenitores, en su mayoría hombres. El alto tribunal unificó doctrina y estableció que este plus –que la Seguridad Social solo reconocía a las mujeres a partir del segundo hijo– se puede cobrar de manera simultánea por ambos progenitores, una decisión que abre la puerta a miles de reclamaciones.

El Ministerio de Seguridad Social, dirigido por José Luis Escrivá, aún no se ha pronunciado sobre los efectos del fallo. “Seguimos estudiando con detenimiento la sentencia”, responden desde su cartera.

Aunque el Supremo se pronuncia sobre un complemento en vías de extinción, ya que la justicia europea lo consideró discriminatorio y se sustituyó en febrero de 2021 por el nuevo complemento contra la brecha de género en las pensiones, aún puede tener repercusión en las pensiones de miles de pensionistas en la actualidad, explican varios especialistas en derecho del Trabajo y de la Seguridad Social consultados.

A continuación, recogemos algunas preguntas y respuestas sobre los efectos de esta nueva sentencia.

1) ¿Sobre qué complemento se pronuncia el Supremo?

Se refiere al complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social (jubilación, viudedad o incapacidad permanente), que reguló el Gobierno de Mariano Rajoy y estuvo aplicándose a las prestaciones desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.

Este complemento reconocía un plus en la cuantía inicial de las pensiones para las mujeres que hubieran tenido dos o más hijos, ya fueran biológicos o adoptados: el complemento alcanzaba un 5% en el caso de tener dos hijos, un 10% cuando se tenían tres hijos, y un 15% con cuatro o más hijos.

A efectos del reconocimiento, se computaban “los hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión correspondiente”, advertía la regulación, plasmada en el artículo 60 de la Ley de la Seguridad Social.

2) ¿Qué dice esta nueva sentencia?

En 2019, el Tribunal de Justicia de la UE concluyó que este complemento era discriminatorio con los hombres. Desde entonces, la justicia española se ha pronunciado en varias sentencias sobre el derecho de varios padres a recibir este complemento y acerca de más letra pequeña sobre desde cuándo se puede cobrar este plus de manera retroactiva. Ahora, el alto tribunal ha ampliado su jurisprudencia al respecto.

La nueva sentencia resuelve que los dos progenitores pueden cobrar este complemento de manera simultánea, a la vez, algo que rechazaba la Seguridad Social, que defendía que solo podía recibirlo uno de los dos.

“El reconocimiento a uno de los progenitores del derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica no debe impedir que el otro progenitor también lo perciba si reúne los requisitos legales”, argumenta la resolución judicial.

3) ¿A qué pensiones afecta el fallo?

“A las pensiones causadas desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021 (cuando estuvo vigente la normativa que regulaba el complemento de maternidad por aportación demográfica) les resulta aplicable ese complemento con independencia de quien lo solicitaba (mujer u hombre)”, explican los magistrados.

Si se cumplían los requisitos, las pensiones de los dos progenitores reconocidas en este plazo de tiempo tenían el derecho al complemento, concluyen los jueces. Es decir, al igual que las madres a las que se les reconoció el complemento, también tenían derecho a él los padres y las mujeres en el caso de parejas de progenitores compuestas por dos madres.

De cara al cobro del complemento a día de hoy, hay más dudas sobre la prescripción –o no– de este derecho.

4) ¿Todos los hombres en esta situación podrán cobrar el complemento?

Muchos sí, previsiblemente miles de ellos, pero puede que no todos. A la espera del criterio que aplique la Seguridad Social tras la sentencia, varios expertos en derecho laboral y de la Seguridad Social señalan a la posible prescripción de este derecho de algunos solicitantes.

El catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Eduardo Rojo, explica que la sentencia reconoce el derecho de “muchos hombres” a cobrar este plus. “Si cumplen los requisitos establecidos, los hombres tienen derecho a cobrarlo”, confirma. Sin embargo, apunta que puede haber debate sobre la prescripción del derecho.

“El derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribirá a los cinco años, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar el hecho causante de la prestación”, recoge la Ley de la Seguridad Social, como cita el abogado laboralista Pere Vidal.

“Entiendo que todo lo que esté fuera de los cinco años estaría prescrito en este caso”, valora Pere Vidal, que recuerda que hay muchas reclamaciones de padres pendientes –presentadas desde la sentencia europea de 2019– que se podrán beneficiar del fallo. Pero si aún no se ha solicitado este complemento, Vidal considera que aplicaría este plazo de prescripción, que dejaría fuera a las pensiones reconocidas antes de mayo de 2018.

Opinión diferente mantiene Miguel Arenas, laboralista de Colectivo Ronda, que cree que se podría pedir el complemento sin aplicar este periodo de prescripción. “Ya que la norma estaba mal hecha desde el principio, porque era discriminatoria, se puede valorar que no puede perjudicar al pensionista”, considera Arenas.

5) ¿Cómo se puede solicitar?

En caso de cumplir los requisitos del antiguo complemento de maternidad, el primer paso es “solicitarlo a la Administración”, explica Miguel Arenas. Es decir, al INSS o a la entidad que gestiona las pensiones de funcionarios del régimen de clases pasivas, “que también tienen derecho al complemento”, añade el laboralista.

Como apunta Pere Vidal, hay muchos padres que ya presentaron su solicitud del complemento, que están a la espera de sentencia y podrán beneficiarse de este fallo del Supremo. En caso de que la respuesta de la Administración fuera negativa en el pasado y el afectado no acudiera a la vía judicial, el pensionista “puede volver a abrir la vía administrativa con una nueva solicitud”, sostiene Miguel Arenas.

Si la Seguridad Social rechazara la petición administrativa, por ejemplo por haber prescrito, los afectados podrían valorar recurrir la decisión ante los tribunales.

6) ¿Cuántas personas se calcula que podrán cobrar el complemento?

De momento, en el Ministerio de la Seguridad Social no responden a este posible alcance de la sentencia. En este punto, será clave si se aplica o no la prescripción a los cinco años.

Como referencia, había “833.098” pensiones que a 31 de julio de 2022 percibían el complemento de maternidad, a extinguir, “de las que el 1,71% las perciben hombres”, recogía el proyecto de Presupuestos de la Seguridad Social para este año.

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