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El registrador Mariano Rajoy choca con un Botín por negarse a inscribir las cuentas de una de sus empresas

Mariano Rajoy y Javier Botín.

Antonio M. Vélez

12 de diciembre de 2022 23:14 h

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Un Botín contra Rajoy. El financiero Francisco Javier Botín-Sanz de Sautuola y O'Shea se ha enfrentado ante el Ministerio de Justicia al actual titular del Registro Mercantil número 5 de Madrid, el ex presidente del Gobierno Mariano Rajoy, por la negativa de este último a inscribir las últimas cuentas anuales de una empresa que administra el multimillonario cántabro.

El expresidente español se ha negado a realizar ese trámite porque el actual consejero de Banco Santander y hermano de la presidenta de la entidad, Ana Botín, no incluyó, al presentar esas cuentas el pasado 28 de julio, información que exige la normativa antiblanqueo sobre la identidad de los dueños de esa sociedad a través de un formulario específico.

Justicia acaba de resolver el recurso del financiero confirmando el criterio del expolítico gallego en una resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública publicada este lunes en el BOE.

Según la resolución, Rajoy resolvió el 3 de agosto “no practicar el depósito solicitado” de las cuentas de 2021 de una sociedad de la que Botín es administrador solidario, Agropecuaria Desarrollos Energéticos, SLU. La razón: “No se aporta el documento relativo a la identificación del titular real” recogido en una orden ministerial de marzo de 2018, cuando el ex político gallego todavía era presidente del Gobierno.

Esa sociedad pertenece a Agropecuaria El Castaño SL, firma con la que Botín canaliza su participación en Banco Santander, del que es consejero desde 2004.

En su recurso, Botín vino a decir que Rajoy se había extralimitado en sus funciones porque exigir ese documento “supone una vulneración del derecho a la intimidad personal y de la actual normativa de Protección de Datos”. “El acceso a dichos datos no puede ser limitado si tenemos en cuenta que cualquier persona puede, libre e injustificadamente, solicitar las Cuentas Anuales de cualquier sociedad”, exponía.

También incluía una carga de profundidad sobre esa orden del Ministerio de Justicia de 2018, al argumentar que esta norma “facilita el acceso a los datos de los titulares reales a terceros no previstos en la normativa de blanqueo de capitales”, lo que “sería contrario” al Reglamento de Protección de Datos.

Botín criticaba además “la insuficiencia de la norma en cuanto a contenido y rango”, ya que “no respeta el principio de reserva material”, al transponer una directiva europea de 2015 (la de Prevención del uso del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo) a través de un reglamento, cuando “debiera de haberse hecho por una de rango de ley”.

Con ello, afirmaba el financiero en su recurso, “se vulnera el sistema de fuentes de nuestro ordenamiento jurídico y el principio de jerarquía normativa que recoge el artículo 9.3 de la Constitución Española”. Por último, el certificado exigido, según el recurrente, “no forma parte de los documentos exigidos por la Ley de Sociedades de Capital ni por el Reglamento de Registro Mercantil”. 

Casos “idénticos”

Justicia ha echado por tierra todos esos argumentos de Botín y ha confirmado la resolución de Rajoy. En una decisión ante la que cabe recurso ante los Juzgados de lo Mercantil, el ministerio recuerda en primer lugar que esta cuestión ya se ha planteado en casos “sustancialmente idénticos” sobre los que Justicia fijó doctrina en diciembre de 2021 y enero y septiembre de este año.

Además, señala que esa orden ministerial fue ratificada por la Audiencia Nacional en 2019. Respecto a la supuesta vulneración de la protección de datos, indica por un lado que es “imposible de determinar a priori si el depósito de cuentas de una sociedad en concreto acompañado del formulario relativo a la titularidad real puede dar lugar o no a semejante vulneración”; y por otro, que el registro de titularidades reales que agrupa esos datos no es accesible al público en general.

La sociedad administrada por Botín a la que Rajoy ha impedido ahora registrar sus cuentas, Agropecuaria Desarrollos Energéticos SL, se constituyó a finales de 2018. Su objeto social abarca un amplio abanico de actividades: de “realizar estudios económicos” al procesamiento de datos, la actividad de sociedades holding, la distribución de mercancías, la explotación de hoteles, el comercio o las telecomunicaciones, entre otras.

Según sus cuentas de 2020, últimas disponibles hasta ahora en el Registro Mercantil y firmadas por Botín, en ese ejercicio la empresa apenas tuvo actividad comercial y registró unas pérdidas de 718 euros. Pero contabilizaba activos de 5 millones de euros. 

Entre ellos, una participación en Dos Grados Capital SLU, una plataforma de inversión en energías renovables que la firma de inversiones de Botín, JB Capital Markets, lanzó en 2019 y que está desarrollando una cartera propia de activos eólicos y fotovoltaicos de 900 megavatios (MW) en España, Portugal y Francia, según su web.

Con una larga trayectoria profesional en el mundo financiero, el hijo menor del fallecido Emilio Botín, de 51 años, es licenciado en Derecho y fue a finales del siglo pasado abogado en el Departamento Jurídico Internacional de Banco Santander. Presidente del patronato de la Fundación Botín, es fundador, presidente y consejero delegado de JB Capital Markets.

Se da la circunstancia de que un ex gestor de esta sociedad de valores, Iván Yáñez, considerado el testaferro del ex tesorero del PP Luis Bárcenas, fue condenado en mayo de 2018 por la Audiencia Nacional a 3 años de prisión y multa de 1 millón de euros por un delito de blanqueo de capitales en concurso medial con falsedad en documento mercantil, en la sentencia que precipitó el fin de la carrera política de Rajoy.

En octubre de 2020, el Tribunal Supremo rebajó la condena a Yáñez a 1 año y 10 meses de prisión en la sentencia en la que ratificó la condena al PP por lucrarse con esa trama de corrupción.

Esta es la segunda resolución de Justicia en la que el ministerio tiene que pronunciarse sobre un recurso contra una decisión contra el Rajoy registrador. La primera la planteó una sociedad cotizada de inversión inmobiliaria (socimi) madrileña que también vio cómo su recurso no prosperaba.

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