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La Inspección de Trabajo inicia un cruce masivo de datos para sancionar a las empresas que discriminan salarialmente por sexo

La Inspección de Trabajo inicia un cruce masivo de datos para sancionar a las empresas que discriminan salarialmente por sexo

Laura Olías / Raúl Sánchez / Ana Ordaz

El cruce masivo de datos como detector de la discriminación salarial por sexo. Este abuso laboral, una infracción muy grave según la ley, es muy difícil de detectar por parte de la Inspección de Trabajo, que actúa tanto de oficio como a raíz de denuncias concretas. La autoridad laboral ha puesto en funcionamiento hace escasos meses un nuevo mecanismo para guiar los pasos de los inspectores que persiguen estas infracciones: el cruce masivo de datos de diferentes fuentes que identifican empresas en las que existen indicios de discriminación salarial a sus trabajadoras, según explican a este medio fuentes de la Inspección de Trabajo.

“La información se obtiene de bases de datos de distintos organismos, como la Tesorería General de la Seguridad Social, con los que existe colaboración. Se aplican cruces masivos de esos datos y, con ellos, llegamos a la conclusión de que en determinadas empresas hay una desigualdad salarial entre mujeres y hombres en puestos que en principio son equivalentes”, detallan desde la autoridad laboral. Esa es la clave: detectar que un hombre y una mujer que cubren puestos de igual valor reciben remuneraciones desiguales, algo que no siempre es fácil de probar.

La discriminación más burda –un camarero y una camarera con el mismo contrato que cobran diferente, por ejemplo– ya no es tan frecuente, según los inspectores, pero la brecha salarial se esconde la mayoría de las veces en puestos diferentes pero equivalentes en valor para las compañías y en complementos salariales más generosos para funciones tradicionalmente ejercidas por hombres en detrimento de las mujeres, sin una justificación objetiva.

Estos cruces masivos de información, a través de la 'Herramienta de Lucha contra el Fraude', forman parte del Plan Director por un Trabajo Digno del Gobierno y aún están en fase inicial, explican desde el organismo. Su función es facilitar la actuación planificada de la Inspección de Trabajo en esta materia, que ya tenía lugar pero de manera individualizada y sin este apoyo de datos como base. Las variables que son objeto de análisis incluyen salarios, la antigüedad en las empresas y los tipos de contratos, entre otras.

Saltan las alarmas y se investiga la desigualdad

Así, los inspectores investigan sobre la base de la existencia de una brecha salarial objetiva en una determinada empresa, que no necesariamente tendrá como consecuencia siempre una sanción. Una vez los datos han hecho saltar las alarmas, la Inspección actúa para comprobar si las diferencias salariales detectadas tienen justificación o si, por el contrario, procede abrir un acta de infracción a la compañía.

La discriminación salarial constituye una infracción muy grave, sancionada en su grado mínimo con 6.251 euros y en su grado máximo, con 187.515 euros. Además, incurrir en una discriminación acarrea “responsabilidades empresariales específicas”, como perder automáticamente “y de forma proporcional al número de trabajadores afectados por la infracción”, las ayudas y bonificaciones de los programas de empleo, con efecto desde la fecha en que se cometió la infracción.

Según el informe de ejecución del Plan Director hasta final de año, al que ha tenido acceso eldiario.es, ya se han obtenido “los primeros resultados de detección de posibles empresas incumplidoras”, que serán remitidos a las inspecciones provinciales “en el primer trimestre de 2019”.

Brecha de 5.800 euros anuales

De media, las mujeres ganan casi 5.800 euros al año menos que los hombres en España, con datos de 2016, los últimos de la Encuesta de Estructura Salarial del INE. Esa brecha en la ganancia media anual de trabajadores y trabajadoras es de un 22,3%, como destaca UGT en un reciente informe. En cambio, esa misma diferencia sirve a CCOO para cifrar la brecha salarial en un 29%. El motivo es que las tasas expresan realidades diferentes: la primera describe qué porcentaje de lo que cobran los hombres no lo cobran las mujeres; la segunda, cuánto deberían crecer los salarios de las mujeres para igualarse a los de los hombres.

Ambos sindicatos han presentado esta semana estudios sobre esta discriminación a las mujeres, por el Día para la Igualdad Salarial que se celebra este viernes, que apuntan hacia una misma idea: da igual el tipo de contrato o de jornada, las trabajadoras siempre perciben menos salario medio que los hombres. Lo mismo ocurre con el nivel de formación y la ocupación.



Los contratos indefinidos registran una mayor brecha salarial que los temporales. Las mujeres en puestos fijos cobran un 24% menos de lo que perciben los hombres con contratos de este tipo, mientras que las trabajadoras temporales perciben un 12% menos que los empleados con contratos eventuales.



Esta mayor diferencia salarial en los puestos fijos se sustenta en muchas de las razones que explican que las mujeres todavía ganen menos que los hombres. Los pluses y complementos son más frecuentes en los puestos indefinidos que en los temporales y estos explican casi la mitad de la brecha salarial, argumentan desde la Secretaría de Mujeres e Igualdad de Comisiones Obreras.

Los contratos fijos, añaden en CCOO, también dan más pie a que los trabajadores soliciten medidas de conciliación, como adaptaciones o permisos para el cuidado de hijos, dado que la inestabilidad de los contratos temporales desincentiva a muchas personas a pedir este tipo de derechos por temor a perder el empleo. Y estas medidas a favor de la conciliación son ejercidas mayoritariamente por mujeres, lo que merma sus nóminas.

Además, la brecha salarial en general está atravesada por “la segregación ocupacional y sectorial, que condenan a las mujeres a ocupar los sectores de actividad con menor reconocimiento económico y en las categorías más bajas”, destaca el estudio de UGT. Lo que en Comisiones Obreras denominan la “segregación vertical y horizontal”.

Es decir, por un lado, no es lo mismo trabajar en un sector más masculinizado, como el transporte, que tiene mejor salario medio que en una actividad feminizada, como la hostelería. 23.611 euros anuales y 14.125 euros al año, respectivamente. Y por otro lado, dentro de una misma actividad, las mujeres tienen más complicado ocupar los puestos de dirección, que son los mejor retribuidos. Las mujeres, por ejemplo, solo representan el 34% de las personas que trabajan en puestos de dirección y gerencia, mientras que los hombres representan el 66% de estas categorías.



Fuentes del Ministerio de Trabajo confían en que el cruce masivo de datos facilite la labor de la Inspección, aunque sostienen que con una mayor transparencia en las retribuciones sería más fácil perseguir estos abusos y la herramienta tendría más utilidad. El Gobierno pretende aprobar antes de dejar la Moncloa un decreto que obligue a las empresas a publicar los salarios y los complementos por sexo

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