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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

El Supremo avala que las empresas impongan la corbata a los trabajadores si no atenta contra su dignidad

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que avala que una empresa obligue a sus trabajadores a llevar corbata incluso en los meses de verano si las condiciones no atentan contra la dignidad del trabajador. Los jueces han rechazado el recurso de un sindicato contra la decisión de la empresa de seguridad de El Corte Inglés de imponer a sus vigilantes el uso de esta prenda en los meses de verano, al entender que “no atenta contra la dignidad de los trabajadores” y que solo afecta a los que realizan su labor de cara al público en zonas del centro comercial con aire acondicionado.

La sentencia explica que en febrero de 2021 SICOR, empresa de seguridad de El Corte Inglés, pidió permiso a la Comisaría de Seguridad Ciudadana para que autorizara un complemento en la vestimenta de sus vigilantes de seguridad: la corbata en invierno y en verano. La autorización llegó un día después mientras llegaba a un acuerdo adicional con UGT: la empresa se comprometía a contemplar excepciones y eximir de la corbata a los trabajadores que, por ejemplo, prestaran sus servicios en almacenes o muelles, de noche o en las obras. Sitios sin aire acondicionado.

Fue otro sindicato con representación en la empresa, Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, la que llevó sin éxito el acuerdo hasta la Audiencia Nacional. “Tal medida corresponde adoptarla al empresario, que sólo se vería limitado en su decisión cuando el uniforme no respete la dignidad del trabajador, lo que no acontece en este caso”, dijeron los jueces ya en 2021. Tuvieron en cuenta, ya en esa primera sentencia, que “la vigilancia de los centros comerciales está dotada de aire acondicionado” y que en otras dependencias no había que llevar corbata.

Unos argumentos que ahora confirma la sala de lo social del Tribunal Supremo, que con el apoyo de la Fiscalía ha decidido desestimar el recurso. Recuerdan que la normativa de Interior vigente desde hace más de una década avala que El Corte Inglés imponga la corbata a sus trabajadores de seguridad en esas condiciones, algo que “sólo se vería limitado en su decisión cuando el uniforme no respete la dignidad del trabajador”.

La empresa de seguridad de El Corte Inglés, que ha rechazado hacer valoraciones, “ha actuado de conformidad con el acuerdo alcanzado” con UGT, recurrido por otro sindicato del sector de la seguridad privada, según el Supremo.

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