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Test de antígenos, mascarillas... el control de precios por el Estado deja de ser un tabú y funciona

Hace unos días el Gobierno fijó en 2,94 euros el precio de cada test de antígenos que se vende en las farmacias. Tomó esta medida después de que el coste de estas autopruebas de COVID se disparase hasta los 14 o 15 euros la unidad, cuando antes de las celebraciones navideñas y con la llegada de ómicron rondaba los cinco euros. El precio de los test había reaccionado según la premisa que guía el libre mercado: a mayor demanda de un producto, más alto es su precio. Aunque, en este caso, fuera un producto de primera necesidad en tiempos de pandemia.

De ahí la cuestión de fondo. Si se pueden fijar los precios de los productos sanitarios, ¿por qué no se hace lo mismo con bienes que son un derecho recogido en la Constitución, como la vivienda; o en materias primas energéticas esenciales, como el gas?

“El objetivo principal ha sido fijar un precio lo más asequible posible, manteniendo siempre el equilibrio para que el producto esté disponible en el canal farmacéutico”, justificó la ministra de Sanidad, Carolina Darias, tras anunciar el precio regulado de los test. No es una medida excepcional en estos últimos dos años, sino similar a lo ocurrido con las mascarillas quirúrgicas que mantienen limitado su precio de venta. 

Uno de los argumentos planteado por las personas que se oponen a los límites de precios es que aseguran que desincentiva la producción y pueden provocar desabastecimiento porque los fabricantes abandonen los productos ya que no van a conseguir una rentabilidad más alta, una situación que no se ha cumplido ni con los test ni con las mascarillas.

“Con los test hemos visto que el libre mercado no reduce los precios. En un año hemos pasado de tres a 40 fabricantes de test de antígenos y, cuando la demanda ha superado la capacidad de producción, ha habido especulación. No es solo un libre ejercicio de casación de la oferta y la demanda”, explica Eduardo Gutierrez, economista y diputado de MásMadrid en la Asamblea regional.

“El control de precios es una cuestión planteable, porque es una cuestión política”, argumenta Gutiérrez. “Se puede garantizar, por motivos de justicia, el acceso de todos los ciudadanos a bienes esenciales, como es el agua, los productos sanitarios femeninos o la vivienda y el control de los alquileres”, enumera. “Los marcos económicos permiten las actuaciones políticas. Hay una parte de la población que no puede cubrir sus derechos en el libre mercado”, concluye. 

Libertad de precios, con matices

¿Cómo es el marco legal español? La Ley de Ordenación del Comercio Minorista establece que “los precios de venta de los artículos serán libremente determinados y ofertados con carácter general de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de defensa de la libre y leal competencia”. Prima el libre mercado, pero hay excepciones. Por ejemplo, las que se establezcan en leyes especiales -que decida el Gobierno- y, según esta misma ley de comercio, si se dan cuatro circunstancias. 

Por un lado, “cuando se trate de productos de primera necesidad o de materias primas estratégicas”. Por otro, “cuando se trate de bienes producidos o comercializados en régimen de monopolio o mediante concesión administrativa”. 

También lo contempla como medida complementaria en el caso de producciones reguladas y “excepcionalmente y mientras persistan las circunstancias que aconsejen la intervención, cuando, en un sector determinado, se aprecie ausencia de competencia efectiva, existan obstáculos graves al funcionamiento del mercado o se produzcan situaciones de desabastecimiento”. Una última circunstancia en la que entraría la situación que se ha vivido en las últimas semanas con los test de antígenos. 

El ejemplo de los medicamentos 

De hecho, las farmacias son los establecimientos donde mayor regulación de precios pueden percibir los ciudadanos en el día a día. El Estado es quien fija el precio de los medicamentos incluidos en la prestación pública y lo hace a través de la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos, donde no solo está el Ministerio de Sanidad, también Hacienda e Industria, además de las comunidades autónomas. 

Las farmacéuticas, para cada nuevo medicamento, solicitan un precio de venta y de reembolso, con cargo a las arcas públicas, que dependen no sólo del grado de innovación del producto, también de la gravedad de la patología que trate, de las alternativas que haya en el mercado y del impacto presupuestario que tenga en el sistema sanitario. 

Precios que, además, se revisan de forma periódica. Por ejemplo, a finales de noviembre de 2021 se revisaron los precios de 17.150 presentaciones de medicamentos. De ellos, más de 13.800 comercializados en farmacias y casi 3.300, en hospitales. Entre ellos, nombres comerciales que contienen paracetamol, metamizol o amoxicilina, entre otros.

Todo puede ser un producto financiero

“En la energía, como en otras materias primas, hay una presión al alza de los precios por parte del mercado”, indica Juan Laborda, profesor de economía financiera y derivados financieros de la Universidad Carlos III de Madrid. “Los mercados están desacoplados de la realidad macroeconómica”, sentencia.

Laborda marca como un punto de inflexión la década de los 90, con el Gobierno de Bill Clinton en Estados Unidos. “La desregulación permitió la entrada en los mercados de nuevos inversores, en derivados y futuros”, apunta. Mercados de derivados que son los que marcan, por ejemplo, lo que se pagará por el precio del gas en los próximos meses. “Empezaron a participar nuevos jugadores, fondos institucionales, que metían en sus carteras de productos de inversión materias primas esenciales como el maíz, el cobre o el gas”, explica Laborda. 

“Lo que hemos visto en estos últimos años es un proceso de mercantilización y de financiarización de bienes y de derechos humanos por parte de inversores financieros que obtienen réditos, en productos como los alimentos, las materias primas agrícolas o la energía”, resume. Todo bien es susceptible de derivar en un producto financiero, sobre el que esperar rentabilidades.

Como argumento de esa financiarización de bienes que son esenciales, donde los inversores son quienes determinan los precios y no la demanda real, el profesor de la Carlos III menciona el testimonio de uno de esos grandes actores institucionales.

En 2008, Michael W. Masters, gestor de la firma Masters Capital Management fue tajante en una comparecencia ante el Comité de Seguridad Nacional y Asuntos Gubernamentales del Senado estadounidense. “Si me pregunta si los inversores institucionales contribuyen a la inflación de precios en la energía y en la alimentación, mi respuesta inequívoca es sí. Los inversores institucionales son uno de los factores, si no el principal, que influyen en los precios de las materias primas. Es un problema que puede corregirse convenientemente a través de medidas legislativas y acción política”, aseguró Masters en su comparecencia.

Ese testimonio, indica Laborda, fue clave a la hora de abordar cómo el comportamiento de los inversores, que buscan rentabilidades, puede derivar, por ejemplo, en hambruna o en pobreza energética. “Puede haber control de precios en determinados productos, como en la vivienda, el agua o la Sanidad, no dejarlos en manos del fundamentalismo de mercado”, indica.

El control en la vivienda

Uno de los términos que se repite al hablar de control de precios es el de la vivienda. La Ley que ha pactado el Gobierno de coalición -y que aún no ha llegado al Congreso porque está a la espera del informe del CGPJ- sí incluye control de precios, pero solo para los alquileres, de inmuebles propiedad de grandes tenedores y únicamente para las zonas donde las rentas se consideran tensionadas, donde los precios hayan subido cinco puntos por encima del IPC en los últimos cinco años. 

Un control de precios, limitado, que tiene que negociarse en las Cortes, y que el PP califica como un ataque directo a la propiedad privada. “Frente a los planteamientos intervencionistas y confiscatorios de la Ley de Vivienda, blindaremos la propiedad y los derechos de los inversores. Y no aplicaremos los enunciados de esta norma que vayan contra esos principios”, aseguró en Twitter la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Mientras, el presidente de la formación conservadora, Pablo Casado, asumió en octubre que la Ley no se aplicará allí donde gobiernen. “Que cada uno haga lo que le dé la gana con lo que es suyo”, afirmó en una entrevista en Telecinco.

“No se conculca el derecho a la propiedad privada por regular el precio del alquiler”, señala Alejandro Inurrieta, exasesor del Ministerio de Economía en el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, doctor en Económicas y expresidente de la Sociedad Pública de Alquiler. “Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) tienen precios regulados y no se está conculcando ningún derecho”, añade. “Puede haber un control de precios durante el plazo en el que no haya un contrapeso en el volumen de vivienda pública”. Un parque de inmuebles con las rentas acotadas.

Los inversores miran a la vivienda porque es un bien sobre el que obtener una rentabilidad. “En los últimos años, como había oportunidades en sectores como el inmobiliario, el dinero se ha ido ahí”, incide el economista Eduardo Gutierrez. “Lo prefieren a sectores donde obtienen rentabilidades menores, pero más sostenidas en el tiempo, sean fabricación de coches, de material quirúrgico o mobiliario de casa”.

En definitiva, buscan rentabilidades que están ligadas a la expectativa de subida de precios. “¿Por qué la vivienda pública o con parte de financiación pública sí está regulada y la libre no? En un mercado donde los precios están regulados, si te interesa entras; si no te interesa, no”, concluye Inurrieta.

No solo son derechos fundamentales, como la vivienda. Los siguientes pasos en ese proceso de financiarización podrían estar ligados al medio ambiente, al clima o a los espacios naturales. Y ya se hace. “Los derechos sobre las emisiones de CO2 ya son un activo financiero con el que se especula”, incide Juan Labora. “Hay mercados donde hay que intervenir”.