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La Justicia obliga a readmitir al letrado del Ayuntamiento de Barakaldo al que se forzó a la jubilación

La alcaldesa de Barakaldo, Amaia del Campo.

Belén Ferreras

Bilbao —

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El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Bilbao ha dictado una sentencia favorable al letrado del Ayuntamiento de Barakaldo al que se obligó a la jubilación forzosa por lo que, si se convierte en firme, tendrá que ser readmitido por parte del consistorio. La resolución considera que el decreto de jubilación forzosa es “contrario a derecho” por lo que revoca dicho decreto condena al Ayuntamiento al pago de las costas por 400 euros. El fallo aún no es firme, no obstante, ya que cabe apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que se ejercerá por parte del Ayuntamiento, según han confirmado fuentes del consistorio.

El Ayuntamiento decretó la jubilación forzosa del letrado jefe de servicio a los 66 años y dos meses de edad, en el mes de septiembre del pasado año pese a que cuatro meses antes se le había autorizado prolongar la actividad hasta los 70 años. Pesa a que el Ayuntamiento alegó en su día que la solicitud de prórroga del servicio no se había realizado en tiempo, el juzgado estima que no procede denegar esta prórroga de su actividad laboral porque se han cumplido los plazos y anula los efectos del decreto.

Esta nueva sentencia contraria a los intereses del consistorio se une a otras en el mismo sentido relacionadas con la batalla leal que el equipo de Amaia del Campo, del PNV, ha abierto con dos letrados del Ayuntamiento que 'heredó' de la etapa de mayoría socialista en el consistorio. Pese a que el PSE-EE forma parte del equipo de Gobierno, ya que gobierna en coalición con el PNV, siempre se ha posicionado en contra del conflicto que la alcaldía mantiene con los letrados.

El conflicto arrancó hace ya hace cuatro años y se ha saldado con cuatro sentencias judiciales contrarias al ayuntamiento, que llegó incluso a despedir a una de las trabajadoras que ha tenido que readmitir. El PNV se encontró con este equipo jurídico, constituido por José María Pablos (jefe de servicio jubilado de manera forzosa) y otra letrada, en el momento de acceder a la alcaldía en 2015 tras desbancar al anterior Gobierno socialista por primera vez en 32 años, un triunfo que Amaia del Campo ha revalidado en otras dos elecciones. Desde 2018 se han sucedido diversos episodios que han enfrentado al equipo jurídico del Ayuntamiento con las decisiones de la alcaldesa y que han acabado en los tribunales en cuatro ocasiones, -cinco con esta última sentencia- que el consistorio ha perdido.

En el caso de la jubilación forzosa el Ayuntamiento entendió en un decreto del 9 de septiembre de 2022 que el trabajador en cuestión tenía la cotización completa para el cobro de la pensión sin reducción con 66 años y dos meses de edad el 11 de septiembre, y que el funcionario debería haber solicitado una prórroga, tal y como se recogía en el decreto de la alcaldía primero en el que se autorizaba continuar la actividad, “y no consta que el funcionario haya vuelto a solicitar prorroga a esta administración”. Por ello, “considera que no se cumplen, por tanto, los requisitos necesarios para la prolongación del servicio activo”. Sin embargo, José María Pablos sí presentó la solicitud de prórroga de servicio activo, ese mismo día 9, dos horas antes de que se registrara el decreto de la Alcaldía y que el juzgado da ahora por válido. En dicho documento, solicita continuar hasta los 70 años, pese a que entiende que el decreto en el que se concedió alargar su edad de jubilación “no establece condición alguna” para la prórroga. “La solicitud se presenta antes del 11 de septiembre de 2022 y dado que afecta a un derecho que sin duda ostenta el recurrente, no procede denegar esta solicitud declarando esa jubilación forzosa por la mera aplicación de un plazo que no puede inhabilitar la continuación en servicio activo por otro lado ya reconocida al actor desde el primer decreto”, señala la sentencia.

Cuatro años de litigios y falta de confianza

El conflicto de la Alcaldía con estos dos trabajadores arranca en 2018, cuando la letrada entonces interina solicita que se le equipare el puesto en la RPT (Relación de Puestos de Trabajo) con el de su compañero, José María Pablos, al considerar que realizan las mismas funciones. Aunque el Pleno se posicionó mayoritariamente a su favor (su postura tiene el apoyo de PSE-EE, EH Bildu e Irabazi, la marca de la izquierda entonces) finalmente se desestimó el recurso de la trabajadora.

Tras varias reclamaciones de esta letrada para que se reconozcan determinados complementos retributivos que la Alcaldía rechaza por decreto, se produce en 2019 uno de los momentos de mayor tensión entre la Alcaldía y los servicios jurídicos cuando los letrados elaboran un informe sobre la defensa judicial en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Fundación Miranda contra una moción aprobada por el Pleno Municipal en septiembre de 2018. En ese informe, los letrados recomiendan revocar ese acuerdo plenario, ya que consideran que no se tenían competencias para aprobarlo y no se había seguido el procedimiento legal establecido. La alcaldesa decidió seguir adelante y defender la moción en los tribunales, que finalmente perdió. A partir de ese momento, la Alcaldía deja constancia en un decreto fechado en marzo de 2019 que los letrados siguen la práctica procesal de solicitar por su cuenta suspensiones de procedimientos cuando consideran que no se ajustan a derecho sin contar para ello con la Alcaldía o el área concernida y Amaia del Campo dispone de una serie de instrucciones para obligarles a comunicar de forma previa todas las decisiones en el ámbito procesal. Este decreto, que restringe las funciones de los letrados, fue posteriormente declarado contrario a derecho y nulo por los tribunales, tras admitir el recurso contencioso-administrativo presentado por los letrados.

Unos meses más tarde, en octubre de 2019, la alcaldesa aprobó iniciar el procedimiento de “remoción” -privación de cargo o empleo- de José Mari Pablos de su puesto de trabajo, alegando “falta de confianza”, por un lado, por las actuaciones ante el juzgado sin contar con los órganos municipales, y, por otro, por el apoyo a la funcionaria interina en sus reclamaciones salariales. En enero de 2020 Amaia del Campo firma un decreto para destituir al jefe de servicio de la asesoría jurídica, José Mari Pablos, y le degrada al puesto de letrado asesor. Al día siguiente, también por decreto, despide a la que entonces era letrada asesora porque, al ser funcionaria interina, su puesto desaparecía al ser ocupado por el hasta entonces jefe de la asesoría jurídica. Otro decreto que un año después fue anulado por el juez y condenó al Ayuntamiento a restituirles en sus puestos, pagándoles lo que han dejado de percibir durante ese tiempo, incluida la Seguridad Social. El TSJPV desestimó posteriormente el recurso de apelación de Ayuntamiento contra esta sentencia. Posteriormente el juzgado estimó también el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la letrada a en su derecho a los complementos retributivos que reclamaba.

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