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Sobre este blog

Abrimos una nueva ventana a la información de Extremadura. Nos asomamos a la actividad en torno a un sector como el agrario que representa en torno al 6% del PIB regional.

Cooperativismo, innovación, producción ganadera, agroindustria, turismo rural, seguros agrarios... Toda la información del sector en esta nueva sección que coordinará Juan Carlos Antequera, un profesional de la economía del campo con experiencia en diversos ámbitos.

Solo hay una mujer entre los 12 miembros del consejo regulador Ribera del Guadiana

Copas de vino. Foto por robwallace | Flickr

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La organización agraria La Unión de Extremadura ha denunciado ante el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) que el Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Ribera del Guadiana” incumple la ley de igualdad, al tener solo una mujer entre sus doce miembros.

También se lo han hecho saber en un escrito al presidente extremeño, Guillermo Fernández Vara, con el fin de que se anule dicha proclamación “y no se vulnere la normativa vigente”, según ha indicado la organización agraria en un comunicado.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó el miércoles la composición del consejo, dependiente de la Administración regional, que cuenta con doce vocales, once hombres y una mujer, Catalina García Reyes (secretaria), en representación del sector vitícola.

“Esto quiere decir que solo el 8 % de los puestos han recaído sobre las mujeres”, ha subrayado La Unión.

En el censo electoral se puede observar que más del 30 % son mujeres, por lo que la organización agraria ha señalado que “perfectamente se podían haber cumplido los porcentajes que impone la normativa”.

La nota recuerda que la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva, establece en su artículo 52 que “El Gobierno atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en el nombramiento de las personas titulares de los órganos directivos de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, considerados en su conjunto, cuya designación le corresponda.”

En la disposición adicional primera de esa ley, además, según La Unión, se establece que se entenderá por composición equilibrada cuando la presencia de las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta.

 

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