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La carretera Cáceres-Badajoz, más cerca de convertirse en una autovía tras su cesión al Gobierno

Carretera Cáceres-Badajoz a la salida de esta última EX-100

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La carretera Cáceres-Badajoz (EX-100) está más cerca de convertirse en una autovía después de que la Junta haya iniciado el proceso de cesión de la vía al Gobierno central. El objetivo es que asuma su conversión en autovía y se puedan iniciar estas obras antes de que finalice 2020.

El Consejo de Gobierno autorizó este martes la suscripción del acuerdo para la cesión al Ministerio de Fomento, un proceso que se completará en un mes, según informó en rueda de prensa el presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara.

El cambio de titularidad

Afectará a la carretera EX-100 desde su conexión con la Autovía de la Plata (A-66) hasta su conexión con la Autovía del Suroeste (A-5), incluyendo sus respectivos enlaces.

A partir de ahora se inician los plazos que llevarán a que, en no más de tres o cuatro semanas, esta carretera pase a ser de titularidad del Ministerio de Fomento, formando parte de lo que será la A-58, que irá de Trujillo a Cáceres, y de Cáceres a Badajoz.

Una vez que la Junta remita al Gobierno el proyecto que está siendo revisado Fomento podrá licitar las obras para que éstas se puedan “iniciar antes de final del próximo año”, que es cuando caduca la Declaración de Impacto Ambiental de dicho proyecto.

El proceso

El acuerdo aprobado este martes se elevará al Gobierno para su aprobación por Real Decreto, lo que, según Vara, se producirá en el Consejo de Ministros de “la próxima semana o la siguiente”; y la consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado, informa la Agencia Efe.

El acuerdo se elevará al Consejo de Gobierno de la Junta para su aprobación mediante decreto y la respectiva baja de la EX-100 del Catálogo de la Red de Carreteras de Extremadura.

El cambio de titularidad de la carretera será efectivo a partir de la formalización del acta de entrega y recepción correspondiente, que se suscribirá en un plazo máximo de 15 días a contar desde la entrada en vigor de las disposiciones estatal y autonómica por las que se apruebe el cambio de titularidad, según la reseña del Consejo.

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