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La sentencia que permite subvencionar colegios que separan niños y niñas no afecta a la región

Colegios del Opues Dei segregados por sexo en Murcia se benefician de las subvenciones avaladas por el TC

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La sentencia emitida esta semana por el Tribunal Constitucional, en el sentido de que los colegios que segregan por sexo pueden recibir subvenciones oficiales en concepto de conciertos, no afecta a la región ya que los dos únicos colegios que lo hacen, pertenecientes al Opus Dei y situados en Badajoz, no están concertados.

De los 100 centros que en España separan a niños y niñas, 67 están pagados por la Administración en régimen de conciertos, pero no es el caso del Puerta Palma (niñas) y Tomillar (niños) de Badajoz, dependientes de esa congregación religiosa.

Siguen actualmente en España el modelo de educación diferenciada o segregada por sexos, la mayoría de ellos de inspiración cristiana o directamente pertenecientes a entidades vinculadas a la Iglesia Católica, especialmente el Opus Dei.

La decisión del Tribunal Constitucional, el martes pasado, de avalar que los colegios que segregan por sexo a sus alumnos puedan percibir subvenciones públicas vuelve a poner de actualidad la controversia sobre este tipo de educación, y pone fin a una polémica judicial que comenzó cuando la Junta de Andalucía decidió retirar las ayudas a varios centros concertados que segregaban por sexo, al entender que este modelo va en contra del principio constitucional de igualdad y no discriminación.

Un tercio de los colegios que imparten educación diferenciada pertenecen a Fomento de Centros de Enseñanza, una institución educativa vinculada al Opus Dei, que tiene centros sobre todo en Madrid (7), Comunidad Valenciana (6), además de en Galicia y Andalucía (con 4 en cada una de estas comunidades); Aragón, Navarra, Asturias, Murcia y Castilla y León (2 en cada una) y uno en Cataluña y Cantabria, según recopila la agencia Efe.

También están vinculadas al Opus Dei el grupo Attendis, que cuenta con 21 centros escolares en Andalucía y Extremadura (los dos centros citados en Badajoz), así como la Institución Familiar de Educación, que tiene 13 colegios en Cataluña y Baleares; Camp Joliu de Tarragona; o el Grupo Educativo COAS, con nueve colegios concertados en el País Vasco y La Rioja.

Diferente madurez

Los defensores de la educación diferenciada (no usan el término segregada) esgrimen que el modelo está ampliamente extendido en países como Estados Unidos o Reino Unido, y aseguran que educar a niños y niñas por separado permite mejores resultados académicos de unos y otras, ya que se personaliza su educación en función de sus diferentes ritmos madurativos y de aprendizaje.

Además, consideran que, lejos de lo que consideran prejuicios de sus detractores, este tipo de educación redunda en una mayor igualdad entre sexos, ya que garantiza la igualdad de oportunidades entre niños y niñas partiendo de que las diferencias entre sexos son enriquecedoras y que lo que hay que eliminar son las discriminaciones.

Sin embargo, no todos piensan así y no hay consenso científico sobre la mejora de los resultados académicos, como ha constatado la propia OCDE.

Comunidades como Cantabria, Asturias y, sobre todo Andalucía, fueron las que llevaron más lejos sus objeciones a que este tipo de centros recibieran subvenciones públicas, y en 2012 el Tribunal Supremo se pronunció a su favor, avalando la decisión de la Junta de retirar las ayudas a varios centros andaluces.

No obstante, con la aprobación de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) o ‘ley Wert’, el Tribunal Supremo tuvo que volver a pronunciarse ante nuevos recursos de los colegios y en esta ocasión sostuvo, sin esperar a que resolviera el Tribunal Constitucional que, de acuerdo a la ley, los centros tienen derecho a percibir las subvenciones.

El Constitucional ha ratificado esa doctrina al rechazar el recurso del PSOE contra la LOMCE, al avalar que se subvencione con dinero público a los colegios que segregan por sexos a sus alumnos, y también otros aspectos de la norma, como la alternativa obligatoria a la asignatura de Religión.

Profesores en contra

La asociación extremeña de profesores de la concertada Adecex ha hecho público que no comparte la sentencia del Tribunal Constitucional que, por mayoría de ocho votos, ha acordado desestimar el recurso de inconstitucionalidad registrado el 7 de marzo de 2014 por el Grupo Parlamentario Socialista sobre la Ley Orgánica 7/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (Lomce).

Adecex recuerda que el 19 noviembre de 2012 la entonces consejera de Educación y Cultura de Extremadura, Trinidad Nogales, acompañada por el secretario general de Educación de la comunidad, César Díez Solís, y por el director general autonómico de Universidad y Formación Profesional, Javier Hierro, se reunió con la asociación de docentes de enseñanza concertada de Extremadura (Adecex) para que expusiera sus propuestas de cara a la tramitación de la Lomce.

En aquella reunión, Adecex trasladó la necesidad y conveniencia de alcanzar una ley educativa que la sientan como propia todos los sectores de la comunidad educativa; que el objetivo de conseguir buenos resultados académicos de la mano de la equidad era el perseguido, y que todos los que intervienen en el hecho educativo “lamentaríamos que la Lomce acabara situándose en el mismo escenario que leyes educativas anteriores: leyes partidarias. Hipótesis que esperamos y deseamos no ocurra por el bien de la actual y futuras generaciones”. Y presentaron a los gobernantes del PP en Extremadura 13 enmiendas. La número 8 recogía el “suprimir que la red de educación diferenciada por sexos pueda suscribir conciertos” (artículo 39 del anteproyecto Lomce).

Ahora “respetamos la sentencia del TC pero manifestamos, como entonces, nuestro rechazo a la concertación a dichos centros. No amparamos ni justificamos la discriminación por razón de género”.

“Afortunadamente”, al día de hoy, en los 77 centros concertados de Extremadura (65 de enseñanzas generales y 12 de atención a personas con discapacidad) no se da la situación que ahora avala el Constitucional.

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