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La justicia da la razón a una trabajadora de Correos de Cáceres a la que se le denegó un permiso para cuidar a su madre enferma

Archivo - Sede de los juzgados de Cáceres

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El Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres ha dado la razón a una empleada de Correos de Cáceres y ha reconocido su derecho a un permiso de tres días retribuidos para cuidar a su madre enferma.

El juez señala como probado que la madre de 87 años tiene reconocido un grado de dependencia III y que debido a una enfermedad que la sobrevino necesitaba “permanecer en reposo en domicilio con necesidad de cuidados continuos” y que reside con su hija sin contar con otra asistencia o ayuda.

En cuanto la alegación por parte de la empresa de que la perjudicada tuviese asuntos propios por consumir, señala la sentencia que es “irrelevante”, pues “aquí no se piden para acometer tareas particulares diversas, sino para cuidar a un enfermo en una situación de fuerza mayor”. Además, plantea “qué ocurriría si los hubiera consumido y tuviera que enfrentarse después al problema que aquí acontece”, según señala el Tribunal Superior de Justicia en nota de prensa.

Por ello, concluye que “los días en cuestión se piden con adecuado fundamento y por ende, debe revertirse el quebranto que sufre la actora al considerarlos su empleador como ausencias injustificadas”.

La sentencia condena al demandado a que reintegre a la trabajadora los 149,62 euros detraídos, incrementados con el 10% por el concepto de interés moratorio.

La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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