Paralizado el desahucio de la familia que cedió terrenos a cambio de su casa
- Los afectados, que recibieron las casas con la carga de las hipotecas sin ser conscientes, sostienen que tanto el banco como las constructoras eran conocedores del trato
Respiro para la familia Valdelacalzada (Badajoz) que cedió unos terrenos agrícolas a cambio de la casa en la que viven. El Juzgado de Instancia Número 2 de Badajoz ha ordenado la suspensión del desahucio, previsto para el próximo 9 de abril.
Mantienen un litigio con dos constructoras y con la entidad bancaria BBVA, y ahora la justicia paraliza el lanzamiento a la espera de que resuelva.
La noticia les llegó en la noche de este lunes y supone un gran paso porque se iban a la calle en dos semanas, con la impotencia de verse sin los terrenos que cedieron y sin la casa en la que habitan.
El acuerdo de la permuta
Consistió en la cesión de tres de las 94 viviendas unifamiliares y garajes que se construyeron. Recibieron las llaves de las casas que habitan, libres de cargas. No llegaron a escriturarlas nunca porque seguían a nombre de la promotora, que a su vez las tenía hipotecadas. El promotor no levantó las cargas de las casas y el banco BBVA ejecutó las deudas de las hipotecas.
La justicia ya había ordenado la paralización de ejecución hipotecaria de las dos primeras viviendas, y ahora frena temporalmente la tercera.
La situación sigue siendo compleja porque el Juzgado de Primera Instancia de Badajoz ha condenado en una sentencia reciente a la promotora Proyectos y Promociones Valdelacalzada SL por incumplir su obligación de entrega de tres casas en concepto de permuta. Tiene que abonar más de 200.000 euros, pero se ha declarado insolvente y temen que todo se quedará en ‘papel mojado’.
Al mismo considera que no queda probado que el BBVA tuviera conocimiento del compromiso de entregar las tres casas, de modo que le exime de esta responsabilidad. En contra ellos defienden que la financiera era conocedora del trato y que estuvo presente en la firma del acuerdo de permuta.
También exime a la primera constructora, la mercantil Corporación de Extremadura Manuel Blanco SL, con la que la familia firmó la permuta, y que cedió los derechos a la segunda mercantil (que sí ha resultado condenada).
Recurso contra el fallo
La defensa de la familia va a presentar un recurso contra el fallo en el que intentará fundamentar que no se ha valorado de manera correcta el conocimiento de la permuta, según explica Carlos Arjona, letrado de la familia.
El día de la vista oral un abogado de la familia, presente en la firma, dio fe ante la jueza de que un representante del BBVA estaba en la firma del acuerdo. “El banco lo negó, y lamentablemente la jueza ha dado más credibilidad al testimonio del banco que al del abogado”.
Recuerdan que han reclamado al banco el documento de financiación, donde quedaría constancia de la permuta, y éste “se ha negado a entregarlo”. “La jueza tampoco ha tenido en cuenta la negativa de entregar la documentación de la financiación, donde estaría ese documento”.
Los antecedentes
En 2003, en pleno boom inmobiliario, la familia de unos pequeños terrenos agrícolas en Valdelacalazada recibió la oferta de la mercantil Corporación de Extremadura Manuel Blanco SL de entregarles tres viviendas de 90 m2 cada una, “por supuesto libres de cargas”, a cambio de la cesión de los terrenos para la construcción de 94 viviendas unifamiliares y garajes.
La promotora inicial cedió los derechos a la mercantil “Proyectos y Promociones Valdelacalzada 2003, S.L.”, que se subrogó en el mismo compromiso, iniciando ya ésta los trámites para la construcción de las casas. Tras la finalización de las obras y venta de las viviendas, “en lo que parecía era el cumplimiento del compromiso” se entregaron las llaves y posesión de tres viviendas a los cedentes del terreno para el cumplimiento del acuerdo que pasaron ya a residir en estas.
“La sorpresa resultó mayúscula, cuando descubrieron que las viviendas comprometidas estaban calificadas como de protección oficial y sobre todo, que todas ellas tenían cargas hipotecarias con la entidad financiera BBVA relativas al préstamo con que el promotor había financiado la obra”, explica el letrado de los afectados.
Por parte tanto de los promotores como de la entidad financiera, se les conminó a que asumieran de momento estas cargas y escrituraran, “prometiéndoles que más adelante se trataría de solucionar estas cargas”.
Ante la negativa a tal propuesta se interpuso primero denuncia penal, que fue archivada por entender que no existía intencionalidad de los promotores, sino una situación sobrevenida de falta de liquidez que impedía levantar las cargas del préstamo promotor. Ahora se suma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que condena a la segunda empresa constructora, y que exime al banco de toda responsabilidad.
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