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Las terrazas de los locales de ocio nocturno podrán abrir hasta la 1

Un camarero coloca una sombrilla en la terraza de un bar

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Los locales y establecimientos de ocio nocturno en Extremadura que dispongan de terraza podrán abrir para desarrollar su actividad exclusivamente en la terraza y con el límite de horario establecido para el resto establecimientos, es decir, hasta la 1 de la madrugada.

Así se recoge en una nueva resolución publicada en el Diario Oficial de Extremadura por la que se especifican las medidas en materia de eventos multitudinarios y locales de ocio. En ella se establece que los establecimientos a los que se hace referencia son discotecas, salas de baile, cafés-teatro, cafés-concierto, salas de fiestas con espectáculos y tablaos flamencos.

500 personas

En la citada resolución también se establece como eventos y actividades multitudinarias aquellos actos programados no rutinarios que se celebren en un espacio cerrado o abierto y a los que asistan de 500 personas en adelante. En concreto se refiere a actos culturales, deportivos, mercadillos y celebraciones de actos de culto religioso, pero se exceptúan las bodas, comuniones, bautizos...

Para realizar la valoración del riesgo, el organizador del evento debe enviar un e-mail a la Dirección General de Salud Pública, a través del correo electrónico y con una antelación mínima de 15 días a la fecha de celebración.

La Dirección General de Salud Pública realizará la valoración del riesgo del evento analizando la situación epidemiológica de la zona donde se va a celebrar el mismo y comunicará al promotor el informe que permita o no celebrar el acto. 

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