Un juzgado ordena desalojar por impago del alquiler el hotel Hesperia situado en el centro de A Coruña
El Juzgado de Primera Instancia número 13 de A Coruña ha condenado a Hotelera Noroeste S.A. (Hesperia) a desalojar el hotel que gestiona en la céntrica calle coruñesa de Juan Flórez. El motivo es el impago del alquiler, que no ha abonado en 15 meses. Si el edificio no está liberado el 14 de julio, se procederá al desahucio, salvo que se recurra la sentencia y siempre que la empresa propietaria del inmueble lo solicite.
El fallo, que tiene fecha de este mismo lunes, condena a la empresa a pagar 384.717 euros en concepto de rentas impagadas correspondientes a los meses de abril, mayo, junio, julio y septiembre de 2020, más los intereses legales; así como el importe de las rentas y cantidades que debe desde que se interpuso la demanda, el 30 de septiembre de 2020, hasta el total desalojo del inmueble.
La jueza, que ha declarado resuelto el contrato de arrendamiento, suscrito el 25 de agosto de 2000, explica en la sentencia que, desde abril de 2020 hasta la actualidad, con 15 mensualidades sin pagar, la compañía hotelera solo ha hecho el ofrecimiento de abonar una mensualidad y media. Es, dice en el texto, un “hecho notorio” que el hotel estuvo abierto durante el verano de 2020 y considera que no hay una postura “diligente y favorecedora del cumplimiento del contrato”.
El fallo asegura que las circunstancias económicas derivadas de la crisis sanitaria y el estado de alarma no son suficientes para exonerar totalmente del pago a la empresa durante seis meses consecutivos y, en la actualidad, durante otros once más. La jueza indica que en junio de 2020 la empresa que alquila el edificio ofreció perdonar la deuda de abril, mayo y junio de ese año. Desde esa fecha y hasta abril de 2021 proponía reducir la renta, empezando con un 50% en julio de 2020 y recortando hasta un descuento del 5% al final del periodo. Aprecia “buena fe” en su manera de proceder. La propuesta, agrega, no fue aceptada por Hesperia, que “tan solo” hizo un ofrecimiento dos meses después de que se presentase la demanda de desahucio: pagar un porcentaje sobre el beneficio operativo de explotación. Esto es, según la sentencia, un cambio “inaceptable” de una renta fija por una variable.
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