El Tribunal Superior de Galicia extiende hasta el 21 de mayo el certificado Covid para hospitales y residencias
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar hasta las 00,00 horas del próximo 21 de mayo la obligación de presentar el certificado Covid-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para visitar a los pacientes ingresados en centros hospitalarios y sociosanitarios residenciales de mayores y de personas con diversidad funcional. Así lo ha informado este viernes el tribunal, que explica que la Sala asegura que se mantiene la “idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida”, pues destaca que los valores que muestra el estudio técnico aportado por la subdirectora de Información sobre Saúde e Epidemioloxía “siguen siendo elevados”, lo que indica que el virus “continúa teniendo una elevada circulación” en la comunidad.
Los magistrados advierten en el auto de que continúa Galicia “en una situación epidemiológica que determina un riesgo de transmisión del virus”, informa Europa Press, en especial en los lugares para los que se ha autorizado la prórroga de la exigencia del certificado. Además, el tribunal explica en el auto que la proporcionalidad de la medida para el acceso a determinados establecimientos “con alto riesgo de transmisión” se justifica “con la existencia de otras alternativas al certificado de vacunación, como son la prueba diagnóstica de infección activa, pasar la enfermedad e, incluso, la posibilidad de someterse voluntariamente a una prueba diagnóstica realizada en el hospital”.
En su argumentación, el TSXG hace referencia a que “la presión hospitalaria se ha reducido, en gran parte debido a que la cobertura de vacunación se encuentra, en general, por encima del 92%”, lo que ha generado, añade, “un importante cambio en la epidemiología de la Covid-19”. Además, subraya que las medidas de prevención que adoptan las autoridades sanitarias “quedan sujetas a un seguimiento y evaluación continua, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria”.
Con todo, esta medida, la única en vigor en la actualidad en Galicia, se prorroga otras dos semanas más, ya que vencía a las 00,00 horas de este sábado 7 de mayo. Contra el auto, con fecha de 6 de mayo, cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
0