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El Tribunal Superior gallego libra de la cárcel al alcalde de Agolada pero mantiene su inhabilitación por prevaricar

Luis Calvo, alcalde de Agolada

elDiario.es Galicia

10 de noviembre de 2025 13:42 h

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Luis Calvo, alcalde de Agolada, frente a la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que lo condenó a 3 años y medio de cárcel, y lo ha absuelto del delito de falsedad en documento oficial —aunque mantiene la prevaricación—, por lo que elude esa pena privativa de libertad.

En su resolución, recogida por Europa Press, el alto tribunal gallego estima que no hubo un delito de falsedad documental y expone que la sentencia de la Audiencia estableció que el regidor había falsificado un informe aprobado en Junta de Gobierno, cuando este órgano aún no se había constituido. El TSXG señala que esa situación es “irrelevante”, puesto que el alcalde resolvió la cuestión “en el ámbito de sus competencias”, es decir, que el precinto de unas obras es competencia del regidor y no de su Junta de Gobierno.

Para el TSXG, “por más que falta a la verdad” el alcalde cuando alude a un documento de la Junta de Gobierno, esa circunstancia es “inocua” a efectos de ordenar el precinto, en este caso, de una depuradora de una empresa de lácteos.

Con todo, el Tribunal Superior sí ve acreditada la comisión de un delito de prevaricación, porque la decisión del alcalde se adoptó sin ningún tipo de procedimiento administrativo, y comparte los argumentos de la Audiencia de Pontevedra, de que ese modo de actuar supuso un “claro abuso de poder”.

Por todo ello, el TSXG ha acordado absolver a Luis Calvo del delito de falsedad documental —el que llevaba aparejada la pena de prisión—, y condenarlo a 9 años de inhabilitación para empleo o cargo público como autor de un delito de prevaricación. Asimismo, mantiene que debe indemnizar a la empresa de lácteos en casi 24.800 euros por las pérdidas ocasionadas.

La sentencia del Tribunal Superior no es firme y contra ella puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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