Convocadas las ayudas para los daños por el atentado
La Consejería de Industria, Innovación y Empleo ha convocado, con su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, la concesión de ayudas para reparar los daños materiales ocasionados por el atentado perpetrado por ETA en Calahorra el pasado 21 de marzo.
La orden explica que el atentado “produjo cuantiosos daños materiales, afectando, entre otras personas, a empresarios y trabajadores”.
Añade que provocó que “en numerosos casos, las empresas se hayan visto obligadas a solicitar la suspensión de las relaciones laborales de sus trabajadores en expedientes de regulación de empleo por fuerza mayor”.
También, que “diversos empresarios autónomos no puedan continuar desarrollando concretas actividades económicas hasta que no realicen las obras de reparación de los daños ocasionados en sus establecimientos y se proceda a la reapertura de los centros de trabajo”.
El Gobierno de La Rioja, indica la orden, tiene previsto colaborar de forma solidaria con el Ayuntamiento de Calahorra en la prestación de diversas ayudas a los empresarios y trabajadores afectados, en este caso, a través de actuaciones que se canalizan a través de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo.
De este modo, afirma, se busca que “la actividad socioeconómica de la zona afectada pueda volver a la normalidad a la mayor brevedad posible, y que los daños ocasionados al tejido empresarial y laboral sean lo mínimo posible”.
Bajo este precepto, se convoca la concesión de ayudas para los titulares de establecimientos comerciales y trabajadores que prestaban servicios en los centros afectados por el atentado.
Así, pueden acogerse los trabajadores y titulares de establecimientos comerciales que coticen a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos; los empresarios titulares de establecimientos; y los trabajadores por cuenta ajena afectados por expedientes de regulación de empleo.
Las subvenciones se concederán a través del procedimiento de concesión directa y serán compatibles con la percepción de otras subvenciones destinadas a la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales de la Unión Europea de de Organismos Internacionales.
Dentro de la orden, se estipula que los autónomos obtendrán subvenciones a las cuotas a la seguridad social durante el tiempo que permanezca cerrado y sin actividad comercial hasta su reapertura, con el límite máximo de 6 meses, siempre hayan cerrado el establecimiento comercial, sin ejercicio de actividad al menos 15 días naturales desde la comisión del atentado y como consecuencia de éste. La cuantía máxima será de 244,35 euros por cada una de las cuotas que deban ser satisfechas a la Seguridad Social
Los empresarios que hayan presentado y tengan autorizado un expediente de regulación de empleo por fuerza mayor, en la modalidad suspensión temporal de empleo, podrán obtener una ayuda del cien por ciento del importe de la cuota patronal a la Seguridad Social, con un máximo de 6 meses, a contar desde la fecha del atentado terrorista.
En cuanto a los trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo, tendrán una ayuda que consistirá en el abono del complemento hasta el 100 por 100 del salario neto que venía percibiendo el trabajador por cuenta ajena con anterioridad al atentado.
La cantidad a subvencionar ascenderá por tanto a la diferencia entre el importe de las retribuciones netas que venía percibiendo con anterioridad al atentado, y la cantidad que el trabajador pase a percibir como consecuencia de su situación de suspensión temporal del contrato de trabajo.
También habrá una ayuda para el pago de los gastos fijos de los establecimientos comerciales afectados. Se financiará con el límite máximo de 1.500 euros al mes, y durante un periodo máximo de seis meses.
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