El jurado popular declara culpable al acusado del atropello mortal y múltiple en el centro de salud de Haro
El jurado popular ha considerado culpable, por mayoría de 8 votos, al acusado, M.O.R., de atropellar mortalmente a un sanitario y causar lesiones a otros cinco tras arremeter contra ellos en el parking del centro de salud de Haro el 4 de septiembre de 2023. Por su parte, y por mayoría de siete votos, el jurado popular no le ve responsable criminalmente de los hechos declarados por padecer una esquizofrenia paranoide que anulaba sus capacidades.
Tras la lectura del objeto del veredicto, el Fiscal ha pedido para el acusado un total de 15 años de internamiento en un centro psiquiátrico adecuado mientras que la defensa pide la absolución al concurrir la eximente mental, además de su puesta en libertad inmediata (en la actualidad se encuentra en prisión). No descarta la libertad vigilada o la custodia de algún familiar para el acusado. Tras ello será la Magistrada encargada del caso quien decida la pena final impuesta.
Más de 24 horas de deliberación
Previamente, la portavoz de los nueve miembros del jurado popular, junto a los dos suplentes, ha dado a conocer esta decisión pasadas las 17,00 horas de este martes, tras poco más de 24 horas de deliberación. La jueza les entregó el objeto del veredicto ayer, lunes, a las 13,10 horas y desde entonces han permanecido aislados y sin contacto con el exterior para decidir sobre la culpabilidad o no del acusado.
Todo ello tras ver las diferentes pruebas testificales, periciales y las declaraciones de los expertos, forenses y psiquiatras que atendieron al acusado los años previos al suceso y también posteriormente ya en la prisión en la que se encuentra tras los hechos.
El juicio, que duró 5 días, se celebró en la Audiencia Provincial del 26 al 30 de mayo. Aunque tuvo la posibilidad, el acusado no ejerció en ningún momento su derecho a declarar y no estuvo presente en las sesiones, aunque sí que ha estado hoy en la lectura del veredicto. El Tribunal ha tenido que decidir sobre la culpabilidad o no del acusado, un hombre con una enfermedad mental que, en el momento de los hechos, se encontraba en un brote “grave o agudo” de su esquizofrenia paranoide.
En el acto de este martes, la portavoz del jurado popular ha ido desgranando como hechos probados o no probados los diferentes puntos del objeto de veredicto. Entre otras cuestiones, en sus deliberaciones han visto acreditado que el autor de los hechos “actuó víctima de su enfermedad mental, desde su delirio”.
Guiados por las declaraciones de diferentes testigos, expertos y forenses que han ido interviniendo a lo largo de todas las sesiones del juicio, el Tribunal ha visto probado que el acusado actuaba víctima “de su propia paranoia”. “Hablaba de complot y persecuciones”, como han demostrado las versiones de las psiquiatras y los expertos forenses. Además, ven probado que en el momento del incidente “cuando arremetió contra los sanitarios, el acusado se encontraba en pleno brote psicótico, pensaba que los sanitarios actuaban contra él mismo”.
“Obsesionado con esa idea persecutoria”
Ven también como cierto que el acusado creía “que los sanitarios eran policías ”y les embistió para defenderse ya que pensaba que le perseguían. No fue un acto premeditado pero sí impulsivo. Se estaba autodefendiendo de la policía“, ha leído la portavoz del jurado. ”Estaba obsesionado con esa idea persecutoria, y cuando estaba descompensado, como ocurrió aquel día, estaba obsesionado con la policía vasca, la Ertzaina“, ha afirmado.
También ve acreditado el Tribunal del Jurado que, aquel día, el vehículo entró “con gran violencia” al centro de salud de Haro, “aceleró diciendo 'Policías' y les atropelló”. “Fue una acción fatal, muy repentina y con una violencia atroz, con un impacto tremendo”, asegura la portavoz del jurado. “El autor no dejó intención de huida a sus víctimas, actuó de manera sorpresiva y con el objeto fijado en las personas que allí se encontraban”.
Finalmente, y remitiéndose a los psiquiatras forenses y sus informes confirman que el acusado, en el momento de los hechos, presentaba “una alteración del juicio de tal intensidad que abolía sus condiciones de obrar y de entender” por lo que, a pesar de considerarle culpable del atropello afirman que actuó con su capacidad de entender anulada por lo que concluye “que no es responsable criminalmente de los hechos”.
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