La Justicia ratifica la sanción a un docente en La Rioja por empujar a una alumna y lo saca de las listas de interinos
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) confirma la sentencia que saca de las listas a un profesor interino de Enseñanza Secundaria en La Rioja tal y como avanzó El Día de La Rioja. La resolución judicial a la que ha tenido acceso este medio ratifica que el docente incurrió en un “notorio incumplimiento de sus funciones” y en “grave desconsideración” hacia su alumnado, incluyendo un empujón a una de ellas.
Los hechos se remontan al inicio de aquel curso (2022-2023), cuando apenas un mes después de comenzar las clases, la Consejería de Educación del Gobierno de La Rioja inició un expediente disciplinario tras detectar graves irregularidades en la labor del docente. Y es que, tal y como recoge la sentencia, al poco tiempo de comenzar el curso, surgieron conflictos con sus compañeros y el equipo directivo. “En la primera reunión del departamento del 13 de septiembre de 2022 surgieron desavenencias”, cita textualmente. Tras varias incidencias, la Consejería de Educación inició el 20 de octubre de 2022 un expediente disciplinario basado en tres cargos principales. Uno de ellos, tipificado como falta muy grave, el incumplimiento de sus deberes básicos como programar las clases, evaluar correctamente al alumnado, realizar tutorías con las familias y mantener un clima de respeto en el centro.
Un segundo cargo (falta grave) por trato desconsiderado hacia el alumnado durante las clases, “puesto de manifiesto tanto en expresiones concretas como en el modo o forma de dirigirse o responder a los discentes”. Y el tercer cargo (falta grave) hace referencia a un incidente específico donde se le acusa de “haber empujado e insultado a una alumna”.
Expediente abierto por Función Pública de La Rioja
En mayo de 2023, la Dirección General de Función Pública del Gobierno de La Rioja consideró a este docente responsable de “una falta de notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas”. Falta tipificada como muy grave y con una sanción de rescisión del nombramiento de interino además de sacarlo de las listas durante cerca de seis años. Por el segundo cargo, desconsideración con al alumnado, la sanción también contempla la rescisión del nombramiento de interino y sacarlo de las listas cerca de tres años. Por el incidente con la alumna, la Dirección General de Función Pública acuerda suspenderle de sus funciones y sueldo hasta final de curso.
El docente interino recurrió y solicitó en los tribunales la anulación de estas sanciones. Y el Juzgado de Primera Instancia decidió reducir las sanciones porque las consideraba excesivas, reconociendo a su vez su existencia. Sin embargo, el profesor interino, no conforme con esta decisión, volvió a recurrir y apeló a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) solicitando la anulación total de las sanciones y la devolución de los sueldos no percibidos. El fallo de la sala ha supuesto un nuevo revés para el docente.
Y es que en este nuevo fallo, uno de los puntos clave es el incidente ocurrido con una alumna. Según el relato de los hechos probado por el tribunal, el profesor empujó e insultó a una estudiante que intentaba salir del aula tras haber desobedecido sus órdenes. Aunque el docente alegó que se trató de un “choque fortuito”, el tribunal se apoya en los testimonios de dos compañeros de clase, del jefe de estudios y de la directora del centro —quien afirmó que el propio profesor le reconoció inicialmente el empujón— para determinar que existió una agresión física, independientemente de que no hubiera intención de causar daño. Además, en la sentencia se recoge que “la versión de la alumna fue corroborado pro dos compañeros que presenciaron los hechos y relataron lo sucedido de forma coincidente. Además, después del recreo, la alumna y el profesor se reunieron con el jefe de estudios y la directora del centro. El propio interesado manifestó que hubo un choque fortuito, los que significa que sí hubo contacto entre ambos. Aunque su intención no fuera causar daño a la alumna, es incontrovertido que se produjo una colisión entre ambos, que provocó que la alumna rebotara y que permite encuadrar esta situación como al que se ha declarado probada de empujón”.
Y además, el fallo ratifica la desatención de las funciones docentes porque más allá de este incidente puntual, la justicia confirma una falta muy grave por el incumplimiento de las tareas esenciales de supuesto. En concreto, encontrar a las familias criterios de evaluación que contravenían la normativa LOMLOE, otorgando a un examen un valor superior al permitido. Asimismo reitera la falta de implicación en las tareas de tutoría y reconoce un “grave desorden” en el aula presenciado por el equipo directivo del centro en varias ocasiones.
Las sanciones: fuera de las listas de interinos
Aunque el Tribunal ha ajustado ligeramente la duración de las sanciones propuestas inicialmente por la Administración para cumplir con el principio de proporcionalidad, las consecuencias para el docente son severas. Por la falta muy grave: Rescisión de su nombramiento como interino e imposibilidad de obtener un nuevo contrato en la administración riojana durante tres años y un día. Y por las faltas graves: Rescisión del nombramiento e inhabilitación para nuevos contratos por un periodo de un año, además de la suspensión de funciones durante el tiempo que restaba de curso.
Esta sentencia agota la vía ordinaria y respalda la actuación del Gobierno de La Rioja.
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