La Rioja amplía las ayudas para renovar las redes de abastecimiento de agua a municipios hasta los 7,4 millones

La Rioja amplía las ayudas para renovar las redes de abastecimiento de agua a municipios hasta los 7,4 millones

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El Gobierno de La Rioja, según ha anunciado este jueves la presidenta Concha Andreu en el Parlamento de La Rioja, va a ampliar hasta los 7,4 millones de euros los 3.279.692 euros que había destinado para dar un impulso significativo a la situación de las redes de abastecimiento de agua potable y reducir las pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios mediante una convocatoria de subvenciones para mejorar el abastecimiento, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

“El cuidado por el medioambiente y por recursos tan escasos como el agua, especialmente en un contexto de crisis climática, y la voluntad del Gobierno de La Rioja por garantizar servicios básicos a todos los municipios de la Comunidad, garantizando la cohesión territorial y fijando población”, están en la base de esta decisión del Ejecutivo de Andreu, ha destacado.

La convocatoria inicial de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía, dirigida a municipios con menos de 20.000 habitantes que se lanzó en el octubre, ha contado con una alta demanda por parte de los municipios al tratarse de ayudas que podían alcanzar el 100% de las inversiones, con unos topes en función de la población.

A la misma, según la resolución provisional publicada en el BOR el pasado 27 de enero, se presentaron 119 proyectos por importe de 7,7 millones y sólo se pudieron atender los 47 proyectos mejor valorados al agotarse el crédito inicial de 3,2 millones.

Esta limitación supuso que otros 61 proyectos no fueran atendidos por agotarse el crédito inicial de la convocatoria y otros 11, fueron rechazados por no cumplir los criterios de la convocatoria.

Estos 61 municipios que cumplieron los requisitos pero quedaron fuera del crédito inicial serán ahora atendidos con esta nueva habilitación de crédito por valor de 4,1 millones de euros.

Las cuantías que se podían obtener varían en función del nivel de población. Van desde los 70.000 euros, IVA incluido, para municipios menores de 500 habitantes, hasta los 200.000 euros para los municipios mayores de 5.000 habitantes. En el tramo medio están los 100.000 euros para municipios de 500 a mil habitantes y los 150.000 euros de poblaciones de mil a 5.000 habitantes.

Para muchos municipios, el coste de estas actuaciones resultaba inalcanzable económicamente e imposibilitaba la ejecución real de las mismas, ha destacado el Ejecutivo.

Requisitos y gastos subvencionables

La ejecución de estos proyectos deberán estar finalizada antes del 1 de junio de 2025 y, para asegurar la ejecución en los plazos previstos, a 31 de diciembre de 2023 debe estar realizada más del 50% de la inversión prevista.

Son subvencionables las obras de mejora y renovación de sistemas de abastecimiento locales que sirven a pequeños y medianos municipios (captación, aducción y transporte, depósitos, potabilizadoras y redes de distribución) y las encaminadas a la reducción de pérdidas en las redes de dichos sistemas de abastecimiento, así como reparar y mejorar la captación, los depósitos e instalaciones potabilizadoras.

También se pueden incluir los gastos de las actuaciones preparatorias previas necesarias en honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de redacción de los proyectos y, en su caso, el visado por el colegio profesional correspondiente, informes técnicos y certificados precisos, hasta un importe máximo correspondiente a un porcentaje máximo del 4 por ciento (4%) del presupuesto de base de licitación de las obras, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido

No entran los gastos producidos como consecuencia del incremento del precio del contrato de obras objeto de subvención debido a modificaciones, revisiones de precios, certificación final, liquidación del contrato y cualquier otra incidencia surgida. Tampoco, los gastos derivados de expedientes de expropiación forzosa y de cambios de servicios afectados, ni los gastos en tasas o impuestos, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Los criterios objetivos de valoración son el de aseguramiento del cumplimiento del objetivo de la Orden, de innovación tecnológica en los sistemas de abastecimiento municipal, el grado de maduración de las actuaciones y, finalmente, la contribución a los Objetivos del Reto Demográfico. La orden de las bases reguladoras detalla el método de valoración de estos criterios.

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