Un paso más en la creación del Registro Electrónico de Convenios

Un paso más en la creación del Registro Electrónico de Convenios

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El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno al informe presentado por la consejera de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, Begoña Martínez Arregui, sobre el proyecto de decreto que regulará la creación del Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Con este paso, el Ejecutivo riojano sigue trabajando para avanzar en el Gobierno Abierto, transparencia y actualización de la información. El acceso será público y el Registro podrá consultarse a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, www.larioja.org.

Cabe recordar que el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja data de 1996, por lo que resulta conveniente regular el marco normativo a fin de incorporar las características propias de las tecnologías empleadas en la actualidad.

El texto legal consta de cuatro capítulos, diez artículos y cinco disposiciones (transitoria, adicional, derogatoria y dos finales). El decreto, que inicia ahora su tramitación, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

El documento estipula que en el Registro Electrónico se inscribirán todos los convenios que suscriban la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y su sector público con otras administraciones públicas, con el sector público de otras administraciones o con entidades privadas.

El Registro Electrónico se estructura en cinco secciones dependiendo del órgano o del ente con quien se formalice el convenio:

  1. Órganos constitucionales, Administración General del Estado y resto de entes que integran el sector público estatal.
  2. Comunidades autónomas, instituciones y entes de su respectivo sector público autonómico.
  3. Sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  4. Administración Local.
  5. Otras personas o entidades privadas.

Los convenios deberán inscribirse en el Registro Electrónico en el plazo máximo de un mes desde su firma. Igualmente, deberán inscribirse las adendas, prórrogas, pérdidas de vigencia y otros actos de modificación.

Los ciudadanos podrán consultar los textos íntegros de los convenios firmados, además de la ficha resumen de los datos fundamentales y de su publicación en el BOR.

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