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La Justicia reabre el caso de la venta de viviendas públicas a un fondo buitre en el mandato de Ana Botella en Madrid

La Justicia reabre el caso de la venta de viviendas públicas a un fondo buitre con Ana Botella.

Agencias

La Audiencia Provincial ha ordenado por segunda vez reabrir la investigación de la venta de 1.860 viviendas públicas vendidas por el Gobierno municipal de Ana Botella en 2013 al fondo de inversión Magic Real Estate Blackstone, al estimar el recurso interpuesto por el PSOE, la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) y la Asociación de Afectados.

Así lo han acordado los magistrados de la sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid en un auto dictado ayer al que ha tenido acceso Efe y que ordena al juzgado de instrucción número 38 de Madrid que vuelva a iniciar sus actuaciones .

En este auto los tres magistrados aluden a la sentencia del Tribunal de Cuentas que cifraba un quebranto de 25 millones de euros en esta operación y asegura que además de un “ilícito administrativo”, “entra dentro de un razonable juicio de probabilidad que los investigados pudieran haber incurrido en responsabilidad penal por un presunto delito de prevaricación y malversación de caudales públicos”.

Con esta nueva decisión se busca agotar la investigación por los posibles delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude que pudieran haber cometido los investigados Fermín Oslé Uranga, quien fuera consejero delegado de la EMVS, y Alfonso Benavides Grases, apoderado de la entidad mercantil Fidere Vivienda, por la venta de 1.860 viviendas, locales y garajes públicos realizada en 2013. El auto no menciona a la exalcaldesa Ana Botella, según ha avanzado la SER.

Es la segunda vez que la Audiencia Provincial de Madrid ordena al juzgado de instrucción número 38 volver a investigar el caso. La primera vez fue en octubre de 2017, después de que la Cámara de Cuentas plasmara en un informe de fiscalización, –del que se nutrió después la sentencia condenatoria del Tribunal de Cuentas– que Botella y su equipo habían “vulnerado las más elementales reglas de gestión” en la operación. La venta ingresó en las arcas municipales 128,5 millones de euros. A cambio, el Ayuntamiento entregó a Blackstone 1.860 viviendas sociales a precio de saldo.

En el informe de la Cámara de Cuentas se señalaba que la venta se produjo sin fijar con carácter previo el valor de los inmuebles a enajenar ya que lo más parecido a ello es una estimación realizada por una entidad, que además resultó ser asesora de los adjudicatarios. A eso se sumaba que no existía una concurrencia real de eventuales compradores dada la información privilegiada que con carácter previo al acuerdo de la venta tuvieron cuatro compañías, entre ella la adjudicataria Magic Real State, que después cedió sus derechos a las compañías Fidere.

Y destacaban igualmente que había sido el comprador y no EMVS la que fijó el precio de la venta de las viviendas, un importe “objetivamente inferior al precio que podía obtenerse e incluso al mero valor contable de las viviendas”. El informe de la Cámara de Cuentas también hacía mención a los 2,3 millones de euros destinados al pago de dos facturas de una sociedad intermediaria en las operaciones de compra-venta “que no sólo no resultaría necesaria sino que no existe otra constancia de la intermediación que la aparición de las propias facturas”.

En el auto, la Audiencia Provincial hace mención a que Oslé pudo incumplir las normas reguladoras de la gestión económico-financiera aplicables a las operaciones en las que intervino “pues no aplicó las prevenciones de derecho público exigibles”.

“Además, permitiendo el pago a la empresa intermediaria por prestaciones que no tenían cobertura jurídica ni está probado que se ejecutaran, y el cobro por la venta de inmuebles por un precio inferior al mínimo jurídicamente aceptable, la actuación del demandado produjo un daño real y efectivo, económicamente evaluable e identificado en unos bienes públicos concretos”, apostillan.

La actuación de Oslé “está incursa, al menos, en negligencia grave pues ni se atuvo al canon de diligencia cualificado exigible en la gestión de fondos públicos, ni agotó los medios a su alcance profesional para prevenir y evitar el menoscabo del patrimonio público puesto a su cargo”.

La Audiencia Provincial no desconoce que el ámbito competencial del Tribunal de Cuentas es diferente del penal aunque no descartan “la existencia de indicios de infracción penal” en la actuación de Oslé. “Existen indicios suficientes como para entender que entra dentro de un razonable juicio de probabilidad que los investigados pudieran haber incurrido en responsabilidad penal por un presunto delito de prevaricación y malversación de caudales públicos”, añaden. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

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