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Las multas del nuevo Madrid Central vuelven esta medianoche: ¿qué cambia y qué sigue igual?

Pictogramas indicando la entrada en la zona de bajas emisiones Distrito Centro

Somos Madrid

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Este sábado, a partir de las 0.00 horas, las cámaras del Ayuntamiento de Madrid volverán a multar por acceder a su zona de bajas emisiones. Hasta ese momento y desde el pasado 11 de octubre han estado encendidas, recopilando las matrículas de los coches no autorizados y enviado a las casas de sus conductores avisos de que cuando terminara el periodo de gracia concedido a partir de la aprobación de este área de circulación restringida, que abarca casi todo el distrito Centro de la capital.

El anteriormente conocido como Madrid Central se denomina ahora Zona de Bajas Emisiones De Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro y, al igual que ocurría anteriormente, todas sus entradas están señalizadas con pictogramas en el suelo y con señales verticales. Los límites son los mismos que el área restringida anterior aunque algunas cosas de las aprobadas por el equipo de Almeida cambian con respecto a la normativa de Carmena. Las resumimos en las siguientes preguntas y respuestas:

¿Desde cuándo está en vigor?

La ZBEDEP Distrito Centro comenzó a funcionar el pasado 11 de octubre, después de la aprobación y entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que la incluye, el pasado 22 de septiembre.

¿Qué multas están previstas?

El acceso no permitido a la ZBEDEP Distrito Centro constituye una infracción leve de tráfico, sancionada por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con 90 euros de multa. Los infractores tienen la posibilidad de acogerse al pronto pago y abonar el 50% de esta cantidad.

¿Quién puede entrar en Madrid Central?

Los residentes en el perímetro de Madrid Central (que prácticamente coincide con el distrito Centro), los comerciantes y los vehículos ECO y Cero podrán acceder sin peligro de ser sancionados a la nueva zona de bajas emisiones. En el caso de los vehículos con etiqueta B y C, podrán hacerlo siempre que se dirijan a un párking y no estacionen en las zonas regidas por parquímetros o vayan de paso. Se podrá aparcar y pasar por dentro de Madrid Central si no se es un supuesto de los anteriores siempre que sea invitado por un residente. El tiempo máximo de estacionamiento por barrios es de dos horas, igual que en el resto de zonas SER.

La novedad más significativa de la nueva zona de bajas emisiones es que se equipara el tratamiento para residentes y comerciantes, ya que estos últimos no podían entrar con su vehículo propio a diario u ofrecer invitaciones con la anterior normativa. Los comerciantes de Centro podrán hacerlo a partir del 22 de diciembre, es decir, habrá 11 días (los que van desde este sábado hasta ese miércoles de diciembre) durante los que podrán ser multados si acceden.

¿Se modifican las condiciones para los vecinos?

No, la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible mantiene las mismas ventajas y restricciones para los residentes en el distrito Centro. Es decir, pueden acceder sin ser sancionados y mantienen 20 invitaciones cada mes.

¿Debo hacer alguna gestión si soy residente?

No. El Ayuntamiento ya tiene registradas las matrículas de los empadronados dentro del área de bajas emisiones. No obstante, el consistorio recuerda que los vehículos que no consten de alta ni estén domiciliados en Madrid es necesario registrarlos en la Dirección General de Tráfico para no ser multados pese a ser residentes. El trámite se puede hacer en la propia DGT o a través del Ayuntamiento de Madrid.

¿Cambia el perímetro respecto a Madrid Central?

No. Aunque el Ayuntamiento de Madrid vaya a cambiar el nombre de la zona de bajas emisiones Madrid Central por la de Distrito Centro, el área a la que afecta será la misma. El mapa es el siguiente:

¿Qué pasa con los vehículos más contaminantes (sin etiqueta ambiental)?

Está prohibido que entren en la zona restringida los coches de no residentes más contaminantes sin distintivo ambiental, conocidos como “A” (vehículos diésel matriculados antes del 2006 y de gasolina matriculados). Los residentes tampoco pueden invitar a los conductores de estos vehículos. Además:

  • Desde el 1 de enero de 2022 se restringe el acceso y circulación en el interior de la M30 a los vehículos sin distintivo ambiental, conocidos como “A” –vehículos diésel matriculados antes del 2006 y de gasolina matriculados–, que no estén domiciliados en Madrid.
  • Desde el 1 de enero de 2023, esta restricción incluirá también la M-30. 
  • Desde el 1 de enero de 2024, ningún vehículo sin distintivo ambiental no domiciliado en Madrid podrá circular por el interior de la M40. 
  • A partir del 1 de enero de 2025, ningún vehículo sin distintivo ambiental, incluidos los domiciliados en Madrid, podrán circular por todo el término municipal.

¿Qué pasa con las motos?

Las motocicletas podrán acceder al nuevo Madrid Central desde las 7.00 hasta las 22.00 horas; a partir de ese momento, al entrar serán multadas, como sucedía antes. En un principio se preveía ampliar el rango horario hasta las 23.00 horas, pero las negociaciones con Recupera Madrid lo impidieron. Las motocicletas que sean etiqueta ECO o CERO emisiones podrán acceder sin limitación horaria independientemente de quien sea su titular.

En toda la ciudad, las motos de alquiler tienen prohibido aparcar en las aceras cuando haya una zona reservada para aparcamiento a menos de 100 metros. El Ayuntamiento se compromete a crear más zonas de estacionamiento en calzada para los ciclomotores, moticicletas y vehículos de dos o tres ruedas, con el objetivo de que no copen las aceras.

¿Podrán seguir entrando los vehículos de reparto?

La legislación se mantiene como hasta ahora excepto para los vehículos de hasta 2,5 toneladas –los habituales en el reparto de mercancías– con etiqueta B. Estos tenían permiso para acceder a Madrid Central hasta el 31 de diciembre de este año. Con la modificación de la ordenanza, se amplía un año más el plazo, hasta el final de 2022.

¿Hay más zonas de bajas emisiones?

Sí. Además de Distrito Centro, como gran novedad, la nueva ordenanza de movilidad establece otra zona de bajas emisiones en el entorno de Plaza Elíptica, uno de los más contaminantes de la capital, aunque con muchas diferencias: solo se restringe el acceso a este perímetro a los vehículos sin etiqueta. Una medida que, según el Ayuntamiento, permitirá reducir el tráfico un 18,6%. Las cámaras, que aún deben instalarse, se activarán antes de final de año. En su caso, entrará en vigor a los tres meses de publicarse la ordenanza. Así, entrará en vigor en diciembre y se comenzará a multar en febrero.

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