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Desahucios en Navarra: 88 familias a la calle durante el segundo trimestre de 2019

La vivienda desbanca al desempleo como principal factor de exclusión social

Amaia Otazu

El Consejo General del Poder Judicial ha hecho público este lunes - a través del Tribunal Superior de Justicia de Navarra- el informe 'Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales“, donde se recogen los datos de los procedimientos que han gestionado los tribunales durante el segundo trimestre de 2019, es decir, durante los meses de abril, mayo y junio. Durante este periodo, el número de lanzamientos y desahucios realizados asciende a 88, lo que supone un descenso del 8,3% respecto al mismo periodo de 2018.

De estos 88 procedimientos, 71 -más de dos terceras partes- corresponden a lanzamientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos. En otras palabras, son desahucios autorizados por el impago del alquiler. En tasa interanual -es decir, comparado con el mismo periodo de 2018- estos lanzamientos se han incrementado de 62 a 71, un 14,5%.

En cuanto a los desahucios o ejecuciones hipotecarias (por impago de la hipoteca), se ha detectado una disminución del 50%. En este segundo trimestre se han registrado 14 desahucios en la Comunidad foral de Navarra, frente a los 28 ejecutados en ese periodo de 2018. Según el TSJN, los otros tres procedimientos tienen causas diversas.

Es posible que en estos datos se reflejen las consecuencias de la sentencia de marzo de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que declaró abusivas las cláusulas de vencimiento anticipado de los préstamos hipotecarios. En esa misma línea, el Tribunal Supremo dictaminó que los desahucios en los que el impago se hubiera producido por un periodo inferior a doce meses, no deberían seguir adelante. La sentencia detalla que los procesos en los que el préstamo se diese por vencido antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2013 de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, deben de ser sobreseídos sin más trámite. En el caso de que el préstamo se hubiese dado por vencido después de la entrada en vigor de dicha ley, solo podrá ejecutarse el desahucio si los impagos de las cuotas son superiores a los 12 meses, de acuerdo con la normativa aprobada en mayo de 2019, la Ley 5/2019 de 15 de marzo.

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