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Asirón deberá buscar otra fórmula para exhibir la ikurriña en el chupinazo sin cometer fraude de ley

La ikurriña junto a la bandera española en el momento del 'txupinazo'.

N. Elia

Apenas queda una semana para que Pamplona estalle por San Fermín y al alcalde Joseba Asirón, de Bildu, le acaba de surgir un importante contratiempo legal: desplegar la ikurriña en el balcón consistorial durante el chupinazo del año pasado constituyó un “fraude de ley”. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dictado una sentencia firme, contra la que no cabe recurso, en la que determina que Asirón ejerció “desviación de poder” al exhibir la ikurriña en el balcón del Ayuntamiento. De manera que, si no quiere volver a caer en el mismo ilícito, el primer edil de Pamplona tendrá que encontrar otra fórmula para esquivar la Ley de Símbolos, que impide ondear la enseña vasca en las instituciones navarras.

Puesta la ley, puesta la trampa. El año pasado, Asirón recurrió a un truco de protocolo que ya habían empleado otros ayuntamientos previamente para poder lucir la ikurriña en sus edificios. La Ley foral de Símbolos permite que las banderas de otras comunidades autónomas puedan ondear en las instituciones navarras por motivos protocolarios, cuando representantes de dichas comunidades autónomas se encuentren en Navarra de visita oficial. Asirón invitó el año pasado a dos parlamentarias vascas al Ayuntamiento y les rindió protocolo extendiendo la ikurriña desde el mástil del balcón en el que se tira el chupinazo. El alcalde consiguió de esta manera que la ikurriña formase parte del escenario oficial del chupinazo.

Pero su decisión fue llevada ante los tribunales y, ya en una primera sentencia, el juez encontró que el alcalde había cometido “fraude de ley”. Para el juez, las dos parlamentarias vascas invitadas por Asirón no constituían una representación oficial de la CAV y, además, no acudieron al chupinazo en visita oficial. Con lo que no se cumplían los requisitos que establece la ley de símbolos para permitir la exhibición de la bandera vasca. Es más, el juez señalaba en la primera sentencia que Asirón “invitó a las dos parlamentarias vascas al acto para dar cobertura a una acción que, sin ellas, sería contraria a derecho”.

Así que, puesta la ley, puesta la trampa, puesto el castigo: El TSJN ratifica la primera sentencia, desestima el recurso que había interpuesto contra ella el Ayuntamiento, y condena a esta institución a pagar las costas del juicio. Contra esta decisión ya no cabe recurso.

De manera que, si el alcalde Asirón quiere hacer ondear la ikurriña en el próximo chupinazo, tendrá que cumplir de forma más rigurosa las exigencias de la Ley de Símbolos que le permitirían hacerlo. De no ser así, volvería a cometer fraude de ley, con el agravante de reincidencia.

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