El Gobierno Foral debió pedir a Etxalar que retirase una ikurriña antes de acudir a la vía judicial
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Etxalar contra el Gobierno de Navarra por la exhibición de la ikurriña en la fachada de la Casa Consistorial de la citada localidad. Para ello, la clave de esta decisión es que el Ejecutivo tendría que haber requerido a la entidad local la retirada de la ikurriña antes de acudir a la vía judicial.
De esta forma, la Sala revoca la sentencia dictada en primera instancia, en la que se estimaba el recurso interpuesto por el Gobierno Foral frente a la actuación del Ayuntamiento de Etxalar de colocar la bandera de la Comunidad Autónoma Vasca durante las fiestas patronales del municipio.
A su juicio, “no es acertada” la interpretación del juez de primera instancia, puesto que el Gobierno de Navarra debería haber requerido previamente a la entidad local la retirada, según se recoge en la Ley de Símbolos.
Para la Sala, “siendo obligatorio el requerimiento y no habiéndose practicado debidamente, cuestión ésta no discutida, procede estimar el recurso de apelación”. Con esta decisión, la sala del TSJN revoca la sentencia anterior.