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Alquiler de mujeres: la explotación que no cesa

Imagen de archivo de una mujer con un vientre de alquiler de gestación subrogada. EFE/ Esteban Biba
27 de julio de 2026 22:04 h

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He escrito ya en este mismo espacio varias columnas sobre esta cuestión. La atrocidad en que consiste la eufemísticamente denominada “gestación subrogada” o “gestación por sustitución”, incluso en nuestra legislación, me lleva a ello cuando leo noticias relevantes al respecto.

Dos últimas referencias se han producido muy recientemente en los medios de comunicación, lo que me lleva a reiterar estas reflexiones.

La primera, del 18 de julio pasado, reflejada en este mismo medio y en otros muchos, según la cual el líder del bloque conservador en el Parlamento de Alemania, Jens Spahn, había dimitido ese mismo día tras el debate generado al conocerse que él y su marido, Daniel Funke, habían sido padres recurriendo a un vientre de alquiler en Estados Unidos. Spahn, miembro destacado de la CDU/CSU, había sostenido siempre la línea de su partido en contra de una posible legalización de los vientres de alquiler en Alemania. La contradicción entre su vida personal y su actividad política y la consiguiente falta de credibilidad ha sido difícil de soportar y ha llevado a su dimisión.

La segunda, del 25 de julio, plasmada en el Diario de Burgos, según la cual el Hospital Universitario de Burgos -HUBU- denunció un mes atrás ante la Policía Nacional que desde comienzos de mayo estaban ingresando en Ginecología mujeres de nacionalidad brasileña, pero llegadas de Bélgica y otros países del norte de Europa, para dar a luz en la capital después de que el embarazo se lo monitorizaran en su país de residencia, siendo unos 30 los partos atendidos desde entonces siguiendo un mismo patrón consistente en llegar a Burgos justo antes del parto, facilitar direcciones concretas en dos localidades de Las Merindades y que en un número indeterminado de casos acudieron al hospital acompañadas del mismo hombre. Aunque la noticia no lo dice expresamente, es de pensar que podría tratarse de casos de gestación mediante los vientres alquilados de estas mujeres.

Recordemos que la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo fue modificada por la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, en cuyo artículo 32 se refiere a la “Prevención de la gestación por subrogación o sustitución”. Pues bien, la norma, tras calificar esta práctica como “forma de violencia reproductiva”, reitera que es un contrato nulo de pleno derecho y que, a través de campañas institucionales, se promoverá la información acerca de la ilegalidad de estas conductas, se produzcan con o sin precio, refiriéndose su artículo 33 a la prohibición de la promoción comercial de la gestación por sustitución.

Responde así la reforma legal -tardíamente, todo hay que decirlo- a la jurisprudencia de la Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo, que, desde la Sentencia de 6 de febrero de 2013 -hace ya 13 años y medio-, en doctrina reiterada en Sentencias posteriores, ha declarado con toda crudeza, pero al mismo tiempo con todo el rigor jurídico, sin paños calientes ni eufemismos, que estos llamados 'Contratos de gestación subrogada' “cosifican a los menores haciéndolos una simple mercancía, objeto de un contrato que pretende fijar su filiación con base en el pago de un precio a una mujer, que por lo general actúa impelida por un estado de necesidad acuciante, que se somete a los riesgos asociados a un tratamiento de reproducción asistida y que renuncia a los derechos que como madre gestante le deberían corresponder, y pretende privar al menor de esa relación de filiación materna así como de su derecho a conocer a su madre”. Añadiendo, también reiteradamente, que este contrato vulnera gravemente los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución y en los Convenios internacionales sobre derechos humanos en los que España es parte. Y ello, por cuanto genera daño al interés superior del menor y una explotación de la mujer que son inaceptables, pues ambos son tratados como meros objetos y no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad.

La doctrina del TS ha dado lugar asimismo a que se dictara la Instrucción de 28 de abril de 2025, de la Dirección de Seguridad Jurídica y Fe Pública, “sobre actualización del régimen registral de la filiación de los nacimientos mediante gestación por sustitución” para regular correctamente la inscripción del nacimiento y filiación de hijos nacidos mediante gestación subrogada al no admitirse a tal efecto una certificación registral extranjera o la simple declaración acompañada de certificación médica al respecto ni sentencia firme del país correspondiente, y preverse que la determinación de la filiación de estos menores se realizará en España por los medios ordinarios: filiación biológica, en su caso, respecto de alguno de los progenitores de intención y posterior filiación adoptiva del otro u otros, cuando se pruebe la existencia de un núcleo familiar con suficientes garantías.

Por otra parte, en febrero de este mismo año, la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó al Gobierno que tome medidas para impedir el acceso desde España a páginas web de hasta 13 empresas dedicadas a esta actividad.

Pues bien, pese a todo lo dicho, y a la expresa prohibición legal de la promoción comercial de la gestación por sustitución, basta asomarse a internet para encontrar, sin ningún problema, un buen número de páginas web de diversas empresas -cito solamente unas pocas: Gestlife Surrogacy, FESKOV Human Reproduction Group, Creative Family Connections- en las que se oferta “cumplir el sueño de ser padres con total seguridad legal, por medio de la gestación subrogada”, con “soporte legal completo”, por precios entre 37.500 y 200.000 euros, dependiendo de las empresas y los “servicios contratados”. Y distinguiendo en algunos casos abiertamente entre “gestación subrogada comercial” y “gestación subrogada altruista”.

En mi opinión, dado que nuestra propia legislación actualmente vigente califica esta práctica como “violencia reproductiva” y “explotación de las mujeres” y considera que se vulneran de manera inaceptable los derechos de mujeres y menores, afectando gravemente a su dignidad, una de las respuestas a dar desde el Estado sería, como he reiterado en varias ocasiones, su tipificación como delito en el Código Penal, tanto se produzcan en España como en el extranjero, pues son conductas que merecen el mayor reproche social teniendo en cuenta la auténtica realidad que subyace en ellas.

Éste sería un gran paso contra la explotación de las mujeres y su cosificación y la de los bebés. Un paso imprescindible, porque los derechos de las mujeres y de las criaturas de ellas nacidas no deben depender de ninguna situación personal -infertilidad o pertenencia al grupo LGTBI, cuyos derechos no niego, desde luego, o cualquier otra circunstancia- ni de la capacidad o la penuria económica de nadie -ni la de quien encarga la criatura ni la de quien va a gestarla y parirla-. Porque son derechos absolutos y porque nadie tiene ningún derecho a ser madre o padre vulnerando tan gravemente la dignidad de las mujeres y la de las criaturas así nacidas.

Termino con un testimonio que expresa claramente la situación. El pasado 10 de mayo, la web de BBC-News Mundo publicó un reportaje sobre una mujer ucraniana, Karina Tarasenko, embarazada de seis meses por encargo de una pareja que vive en China. Karina afirma que nunca habría sido madre de alquiler de no ser por la invasión rusa, que ganará unos 17.000 dólares -el doble del salario medio en Ucrania-, percibiendo la mayor parte después del parto. Dice también que iban a abonarle 21.000 euros pero que uno de los gemelos que gestaba murió, por lo que el pago se redujo, tal como estipulaba su contrato. Y termina afirmando que planea “tener tantos bebés como madre de alquiler como su cuerpo le permita, para ahorrar y comprarse una vivienda”.

Un último dato que permite comprender el auténtico alcance “comercial” de esta práctica: en ese mismo reportaje de BBC al que acabo de referirme se habla de una campaña publicitaria en 2021 realizada por la mayor clínica de subrogación de Ucrania -BioTexCom for Human Reproduction-, que promocionó una “oferta de Black Friday en bebés por subrogación”.

¿Alguien puede seguir sosteniendo esta situación sin avergonzarse de la desidia general al respecto?. ¿Tomarán nuestro Gobierno y Parlamento todas las medidas necesarias para terminar con esta ominosa práctica?. Seguimos a la espera.

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