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Cuando pierdes el control de un vídeo erótico: un análisis legal

Teniente Kaffee

Una concejal de un pueblo de Toledo graba un vídeo íntimo en el que se está masturbando. Ese vídeo se transmite al dispositivo de un tercero, y de ahí, al resto del mundo a través de Internet.

Tras la conmoción inicial, mucha gente se ha puesto a pontificar sobre el delito en que podría haber incurrido el canalla que ha difundido esta película, que jamás se concibió para salir de su entorno estrictamente doméstico. Y aquí es donde tenemos que hacer un flashback hasta el punto de inflexión de la historia, el momento en el que la productora y protagonista de nuestro vídeo subido de tono pierde el control exclusivo sobre su grabación.

Si la hipótesis es que alguien se lo robo de su teléfono móvil, bien a través de un hackeo como el que sufrió Scarlett Johansson en su día, bien a través del expeditivo método de coger prestado el móvil y enviar el archivo a otro dispositivo, el autor ya se puede ir preparando.

El artículo 197 del Código Penal castiga esa conducta como delito de descubrimiento y revelación de secretos, en sus dos primeros apartados, con pena que va de uno a cuatro años de prisión y multa. Pero como además se difundió el contenido, la pena de prisión se nos va a un mínimo de dos y un máximo de cinco años. Encima, el material grabado hace referencia a la vida sexual de la víctima, por lo que el apartado 6º del mismo artículo obliga a que el mínimo de pena se eleve a tres años, seis meses y un día.

Hasta aquí, todo son risas por parte de los que, sin haberse apoderado del vídeo, pero sabiendo que esas intimidades no se difunden voluntariamente por una persona que ocupa un cargo público (a menos que sea italiana y se llame Iona Staller), le han dado a “reenviar”, “publicar en Twitter” o “compartir en Facebook”. Para ellos, el apartado 4º del mismo artículo reserva prisión de uno a tres años, que serán de dos a tres por aplicación del mismo apartado 6º. Que, ya no da tanta risa, ¿eh?

Esta es la parte del asunto donde parece que la Justicia va a vindicar la honra de la concejal agraviada. Pero no se confíen, que esto es como “Million Dollar Baby”, y el último giro del guión es como un puñetazo en la cara.

Porque algo no estaba claro: la Guardia Civil tiene auténticos expertos en la lucha contra la ciberdelincuencia, pero ni ellos se mueven tan rápido como para haber identificado en tan poco tiempo al “paciente cero”, el que inició la difusión del vídeo. Y es que, según las últimas noticias, la señora podría haber enviado el archivo, de buena voluntad, a un conocido, en el bien entendido caso de que era para su único y exclusivo disfrute. Sería este falso amigo el que habría dado el pistoletazo de salida al viral. Pues bien, en este caso, todo el andamiaje penal que hemos construido se viene abajo. Porque el punto de partida para que todas estas conductas sean castigadas en vía criminal, es que la obtención del vídeo haya sido ilícita. Si, por el contrario, el archivo se transmitió de forma voluntaria entre dos personas, la impunidad de ese acto se contagia al resto, ya que el Código Penal habla de “los hechos descubiertos o las imágenes captadas conforme a lo dispuesto en los párrafos anteriores”. Es decir, que la difusión será delictiva cuando la obtención también lo haya sido.

¿Entonces, se van a ir de rositas? No tan rápido. La Justicia Penal es el ultimo recurso para que la sociedad se proteja, pero no es el único. Ante los tribunales civiles existe un procedimiento llamado de defensa del Derecho al Honor, que puede terminar con indemnizaciones a cargo de los responsables de la difusión de este vídeo. Y por supuesto, parafraseando a Monty Python, nadie espera a la Agencia Española de Protección de Datos, cuyos expedientes sancionadores pueden acabar con fuertes multas para los responsables de ceder a terceros un “dato personal” sin el debido consentimiento para la cesión.

En cualquier caso, para cuando los Tribunales o la AEPD digan su última palabra, todo esto no serán más que ecos de una noticia anticuada, y no creo que nadie dedique a la resolución correspondiente los titulares que se está llevando estos días la involuntaria protagonista de esta historia.

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