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El juez Pedraz no ve delito en el 25S y critica “la decadencia de la clase política”

Cinco de los imputados, ya fuera de la Audiencia Nacional / H. Juanatey

Héctor Juanatey Ferreiro / Juan Luis Sánchez

  • Pedraz cree que no se debe coartar la libertad de expresión, aunque “incluso pongan en cuestión el marco constitucional”, “máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política”.
  • Reacciones.

El juez Santiago Pedraz ha archivado la causa abierta contra ocho de los promotores de la convocatoria Ocupa el Congreso que llamaba a rodear el Parlamento el pasado 25 de septiembre. La Audiencia Nacional, de este modo, desestima los cargos por supuestos delitos contra altas instituciones del Estado y los deja en libertad.

En el auto, Pedraz afirma que convocar “bajo los lemas rodear” o “permanecer de forma indefinida [...] en modo alguno puede ser constitutivo de delito”. El juez, además de señalar que ni existe tal delito en el código penal, de aparecer, “atentaría claramente al derecho fundamental de libertad de expresión”. Considera, por tanto, que en ningún momento se alteró el normal funcionamiento de la sesión parlamentaria del día 25.

Asimismo, insiste en que “no cabe prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional, [...] máxime -dice Pedraz- ante la convenida decadencia de la denominada clase política”.

Pedraz de esta manera no solo se pronuncia sobre el carácter de la convocatoria sino que valora la manifestación en sí misma. El auto admite que se incautaron “instrumentos peligrosos” como “adoquines o una maza de albañil” pero “no por ello hay que deducir que esos instrumentos peligrosos fueran para entrar en el Congreso”. En todo caso, añade, estaban pensados para ser “utilizados contra la policía” y no “hay que deducir que fueran para entrar en el Congreso”.

A este respeto, el magistrado asegura que las actuaciones violentas fueron perpetradas “por numerosos elementos radicales presentes entre los concentrados”. Por ello, asegura, “no puede hacerse responsables de delito a los convocantes por actos realizados por terceras personas que se extralimitan en el objeto de la convocatoria”.

Seguimientos policiales

Estas ocho personas, entre las que también están dos de los manifestantes que desplegaron una pancarta durante la manifestación del 15 de septiembre donde se podía leer “Rodea el Congreso”, participaron en varias asambleas y reuniones preparatorias de la Coordinadora 25-S. Tras un seguimiento policial, que consta en el sumario, e identificaciones por ejemplo en el Parque del Retiro madrileño, la Audiencia Nacional imputó a estas personas por “promover” una acción que la policía entendía como presuntamente delictiva, la manifestación del 25-S, a pesar de que ésta aún no se había realizado.

Tan solo siete de las ocho han prestado declaración en la Audiencia ante el magistrado, que únicamente les realizó una pregunta: “¿Queríais distorsionar la actividad del Congreso, entrar en el Parlamento?”.

Antonio López es el único de los imputados que no quiso prestar declaración. Se declaró objetor porque dice no reconocer el proceso que había contra ellos. López es además la persona que presentó una petición de diligencias contra la delegada del Gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes. Según su abogado, Jesús Diaz, lo que buscan es que Cifuentes declare como imputada por instigar la “alteración del orden público”.

Auto del juez Pedraz sobre los promotores del 25S

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