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El Constitucional decide si entierra 13 años de batalla del PP contra los derechos reproductivos de las mujeres

Federico Trillo entrega el recurso del PP contra la ley del aborto en el Tribunal Constitucional, en 2010.

Alberto Pozas

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Más de 12 años y medio después, el Tribunal Constitucional estudiará el recurso que el Partido Popular presentó en 2010 contra la Ley del Aborto que puso en marcha el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Los magistrados del recién renovado tribunal estrenan desde el próximo martes la mayoría progresista estudiando una ponencia del conservador Enrique Arnaldo que, en la práctica, avalaría los puntos fundamentales de la norma mientras evidencia la inactividad del PP para usar sus mayorías absolutas y modificar una ley que había recurrido.

El recurso que entregó entonces Federico Trillo en el registro del Constitucional llega al pleno después de uno de los momentos más convulsos de la historia del tribunal, con dos bloques muy marcados y un sector progresista que, en su primera mayoría en una década, no tiene intención de dar el visto bueno a ninguna sentencia que suponga un retroceso en los derechos reproductivos adquiridos por las mujeres.

El recurso ha estado tanto tiempo en los cajones del Constitucional que ha pasado por manos de tres ponentes y ha sido el último, el conservador Enrique Arnaldo, que en varios artículos de prensa se mostró abiertamente en contra de la norma, el que ha puesto 92 páginas de borrador encima de la mesa de sus compañeros. El documento esquiva los puntos más polémicos del recurso y, en líneas generales, avala los plazos para interrumpir el embarazo establecidos en la ley desde hace casi 13 años.

El PP recurrió, en total, ocho artículos y una disposición final de la norma. Algunos preceptos de tanto calado como la obligación de los poderes públicos de garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, el plazo de 14 semanas de gestación para hacerlo, la información previa que deben obtener de los facultativos y las medidas para garantizar que los centros de salud públicos ofrezcan este servicio.

El recurso ha llegado al orden del día del pleno después de que el propio PP pasara cuatro años de mayoría absoluta y siete de Gobierno sin reformar los artículos cuya inconstitucionalidad había denunciado con energía ante el Constitucional. Y la ponencia de Enrique Arnaldo, que estudiarán y votarán los magistrados, da el visto bueno a todos los artículos cuestionados por el PP salvo el que tiene que ver con la información que debe recibir una mujer antes de tomar la decisión de interrumpir el embarazo. Otro de los puntos principales del recurso, en el que se ponía bajo la lupa la autorización familiar que deben obtener las menores de 16 y 17 años para abortar, directamente ha caducado tras la reforma de 2015.

La ponencia de Arnaldo, que ha podido examinar este periódico, es una enmienda a casi la totalidad de los argumentos con los que el PP se opuso a la Ley del Aborto hasta que llegó al Gobierno en 2011. La norma ni genera “inseguridad jurídica”, ni implica una “renuncia” a proteger el derecho a la vida de un no nacido, ni supone una especie de carta blanca para practicar abortos sin control. No es ninguna obligación del Estado regular el aborto a través de la legislación penal, recuerda el borrador y, además, la norma que impulsó entonces el ejecutivo socialista está “en consonancia” con las leyes de países europeos como Alemania, Portugal, Suiza o Países Bajos.

La ley, en contra de lo que afirmaba el PP en su recurso, no “renuncia” a proteger la vida del feto por el hecho de no enseñar el camino de la cárcel a las mujeres que decidan abortar. El legislador, dice este borrador, hizo una “adecuada ponderación” para proteger este derecho a la vida, en colisión con los derechos de la mujer embarazada. Introducir a una tercera persona en el proceso, como defendía entonces el PP, “distorsionaría” la decisión de la mujer, que tal y como está hecha la norma desde 2010 permite que decida de forma “consciente” con toda la información que se pone a su disposición.

El borrador entiende que los puntos clave de la Ley del Aborto son constitucionales porque, además, el conjunto de la ley evita la desprotección total del feto, a través sobre todo de la información que se ofrece a la mujer y de otros elementos relacionados con el proceso. Arnaldo, autor del texto, forma parte del Constitucional desde 2021 a propuesta del PP y en un artículo periodístico de 2009 cargó con dureza contra la norma. “Exigir conocimientos en los gobernantes es mucho pedir”, dijo, sobre la ministra Bibiana Aído y sobre un punto concreto que no aborda su borrador: el papel de los padres de las menores de 16 y 17 años en un aborto, modificado por el Gobierno de Rajoy en 2015.

Un Constitucional dividido

La ponencia de Arnaldo solo propone declarar la inconstitucionalidad de un punto concreto, relativo a la información que recibe una mujer embarazada antes de abortar voluntariamente, pero rechaza el grueso del recurso del PP y avala el núcleo principal de la Ley: los plazos para abortar, los supuestos médicos para hacerlo más allá de las 22 semanas y el resto de artículos recurridos por un partido que después renunció a modificar todos esos aspectos que había denunciado ante el máximo intérprete de la Constitución. Nada más acceder al Gobierno, el PP anunció reformas de las que nunca más se supo, después de que el Mariano Rajoy candidato prometiera volver a la Ley de 1985, que también recurrió sin éxito Alianza Popular.

El asunto llega al pleno del Constitucional casi 13 años después, coincidiendo con la renovación más convulsa de su historia, algunas de sus decisiones más polémicas y con la primera mayoría progresista en una década. Fue decisión del presidente, Cándido Conde-Pumpido, que este y otros asuntos enquistados y de gran relevancia pública fueran resueltos con mayor velocidad y, a ser posible, cuando la sentencia del Constitucional todavía tuviera algún tipo de ejemplo práctico.

Las deliberaciones empiezan esta semana en la calle Domenico Scarlatti de Madrid, lo que no quiere decir que vaya a conocerse una decisión en los próximos días. En caso de existir un consenso para sacar adelante la ponencia de Arnaldo, aunque sea con modificaciones, podría hacerse público el fallo con algunos argumentos pero no la sentencia entera, lo que tardaría un tiempo. En caso de no haber consenso, el tribunal podría optar por adjudicar la ponencia a otro miembro del pleno y eso retrasaría las deliberaciones.

El Constitucional recién renovado de forma parcial aborda este asunto después del momento más convulso de su historia a nivel interno. El pleno se rompió en dos bloques para que los conservadores impusieran la inédita prohibición al Senado de votar y tramitar la reforma con la que el Gobierno pretendía desbloquear su propia renovación parcial. Unas deliberaciones en las que dos de los magistrados salientes, directamente afectados por la reforma, se negaron a apartarse del caso y usaron sus votos para aceptar las medidas cautelarísimas que pedía el Partido Popular.

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