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El juez del Supremo rechaza la comparecencia de Ábalos en el Senado forzada por el PP

El exministro y ex secretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos en una imagen de archivo en la comisión de investigación del caso Koldo del Senado. EFE/ Zipi Aragon

Elena Herrera

7 de enero de 2026 11:02 h

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El Tribunal Supremo no autoriza la comparecencia en el Senado prevista para este jueves del exministro socialista José Luis Ábalos, que se encuentra en prisión desde hace más de un mes. El pasado 30 de diciembre, la mayoría del Partido Popular en la Cámara Alta habilitó el mes de enero para poder convocar comisiones y registró una petición que debía contar con el permiso del juez que decidió enviar a la cárcel al que fuera 'número tres' del PSOE y ministro de Transportes. En su auto, el juez Leopoldo Puente afirma que no es posible otorgar la autorización “ante la singular premura de la solicitud”.

Así, el magistrado explica que pondrá esta decisión en conocimiento de la Presidencia del Senado “por el método más rápido posible”. Y añade, en todo caso, que si se produce una nueva petición por parte de la Cámara escuchará a las partes del proceso —la Fiscalía, la acusación popular y la defensa de Ábalos— antes de tomar una decisión.

El juez Puente cita en su auto el precedente de enero de 2019, cuando la Sala Segunda no autorizó la comparecencia de varios políticos implicados en el procés en una comisión de investigación del Parlament de Catalunya ante la “inminencia” del juicio que se iba a celebrar contra ellos. Entonces, el tribunal argumentó que “muchos de los aspectos sobre los que versaría” esa comisión estaban “íntimamente ligados” con los hechos objeto de acusación y que eso podría dar lugar a “indeseadas interferencias” entre la comparecencia ante la comisión y el derecho de defensa de los acusados en el acto del juicio oral.

Para los primeros meses de 2026 está previsto el juicio contra Ábalos, quien fuera su asesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama en la parte de la causa centrada en los contratos de mascarillas de la pandemia adjudicados a dedo por el ministerio de Transportes. Los dos primeros, que están en prisión provisional desde el pasado noviembre, se enfrentan a condenas de hasta treinta años de cárcel. 

Por otro lado, el juez Puente también ha desestimado la petición formulada por el exministro para ser juzgado por un jurado popular y no por el alto tribunal en este juicio. El magistrado argumenta que la ley excluye el jurado cuando se trata de delitos cuyo enjuiciamiento, como sucede en este caso, viene atribuido a la Audiencia Nacional debido a su “especial complejidad”.

En su caso, el procedimiento está en el Supremo debido a su condición de aforado. Puente considera que sería una “irresoluble paradoja” que Ábalos fuera enjuiciado por un Tribunal de Jurado y no pudieran serlo “por expresa prohibición legal” los demás investigados en la Audiencia Nacional.

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