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La Junta Electoral insta al Parlamento Europeo a dejar sin escaño a Puigdemont hasta que acate la Constitución

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y su exconeller, Toni Comin

José Enrique Monrosi / Oriol Solé Altimira

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Parecía un asunto olvidado y sobre el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya había sentenciado. Pero las dudas sobre si Carles Puigdemont y otros tres eurodiputados independentistas elegidos en 2019 tienen legalmente el escaño que ganaron en las urnas han vuelto al primer plano este jueves. La Junta Electoral Central (JEC) ha comunicado a la Eurocámara que Puigdemont no tiene la “condición plena” de eurodiputado al no haber acatado la Constitución, por lo que ha instado al legislativo europeo a que su escaño quede “vacante”.

En una resolución aprobada por unanimidad, la JEC responde a la presidencia del Parlamento Europeo que, para recoger el acta, Puigdemont y los otros tres eurodiputados independentistas deben personarse en Madrid y acatar la Constitución, tal y como indica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

La interpretación del Derecho de la JEC es distinta a la del TJUE. En diciembre de 2019, el tribunal europeo ya sentenció, gracias al caso de Oriol Junqueras, que la condición de eurodiputado dependía de los votos y se adquiría desde el momento de la proclamación oficial de los resultados electorales efectuada por los Estados miembros. No mencionó el TJUE requisitos intermedios como la jura de la Constitución.

Esa decisión judicial sobre el sistema electoral europeo abrió las puertas de la Eurocámara a Puigdemont pese a que la JEC ya se resistió entonces a incluir al expresident en la lista de eurodiputados que mandó a Bruselas. El motivo fue el mismo que ahora: la negativa de Puigdemont a acudir al Congreso de los Diputados para jurar o prometer la Constitución.

El ente electoral remarca que hasta ahora el Supremo, pese a la sentencia del TJUE, ha avalado el requisito de acatar la Constitución, por lo que debe seguir velando por su aplicación “en tanto que ningún tribunal nacional o de la Unión Europea ponga en cuestión su vigencia”. En consecuencia, la JEC pide que el escaño de Puigdemont quede “vacante temporalmente hasta que se produzca el acatamiento” de la Constitución. En ese periodo, a juicio de la JEC, también deben quedar en suspenso sus derechos como eurodiputado.

La JEC argumenta que la credencial de estos cuatro eurodiputados electos “no se ha podido expedir” por su “voluntad explícita de no cumplir” los requisitos de la legislación española para adquirir la condición plena de parlamentarios. El ente electoral ofrece en cambio a Puigdemont y a los eurodiputados de Junts Clara Ponsatí y Toni Comín y al de ERC, Jordi Solé, acudir a Madrid “a cumplimentar el mismo requisito que han formalizado los otros 55 diputados electos del Reino de España”.

El viaje de Puigdemont, Comín y Ponsatí a Madrid supondría su inmediata detención y prisión provisional habida cuenta de que desde 2017 la Justicia española viene reclamando su extradición a distintos países europeos por la causa del procés que se sigue en el Tribunal Supremo. A día de hoy la entrega de los independentistas a España está a la espera de dos decisiones clave de la Justicia europea sobre la inmunidad y las cuestiones prejudiciales que mandó el juez Pablo Llarena, así como de la posterior resolución de la Justicia belga.

La JEC afea además al Parlamento Europeo que reconociera “de hecho” a Puigdemont y los otros tres dirigentes independentistas como eurodiputados sin consultarle y en contra su criterio, pese a no tener competencias para resolver controversias del derecho nacional, como reconoció una sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE). No obstante, el TGUE consideró que Puigdemont adquirió la condición de diputado europeo el 13 de junio de 2019, cuando la JEC lo declaró diputado electo.

Fuentes del entorno de Puigdemont han valorado la decisión de la JEC como “un desacato a lo resuelto por el TGUE y una provocación” tanto al Parlamento Europeo como al Tribunal, además de una “desautorización” a lo que los representantes de España vienen defendiendo ante instancias europeas.

El balón, en la Eurocámara

La decisión de la JEC de este jueves responde a una petición de la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, que pidió a la Junta confirmar si Puigdemont, Comín, Ponsatí y Solé (ERC), están en la lista de los 59 cargos que fueron proclamados electos en las elecciones europeas de 2019. Es ahora la dirigente conservadora la encargada de dar cauce a la respuesta de la JEC.

La situación no tiene precedentes y es compleja. Puigdemont, Comín, Ponsatí y Solé están declarados europarlamentarios electos, pero en el mismo acuerdo publicado el 13 de junio en el Boletín Oficial del Estado se les convocaba para una jura o promesa de la Constitución en el Congreso que no realizaron, por lo que la JEC no envió sus nombres a Bruselas junto al resto de eurodiputados españoles.

Ante esta contradicción, la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento de la UE requirió a Metsola que pidiera formalmente a la JEC que enviara una notificación y documentación para la verificación de credenciales o, en caso de que eso no fuera posible, “la explicación de su ausencia y las consecuencias que de ella se deriven”.

La respuesta de la JEC ha llegado este jueves y ahora Metsola deberá decidir si sigue los pasos de su antecesor, el fallecido David Sassoli, y mantiene como eurodiputados a los independentistas en base a la sentencia del TJUE del caso Junqueras, o por el contrario declara que no tienen derecho a voto hasta que juren la Constitución. Una tercera opción sería dejar vacantes las actas y entregar los escaños a los siguientes miembros de las listas de Junts y ERC.

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