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La Justicia obliga a un youtuber a subir un vídeo leyendo su condena por insultar al influencer 'Wismichu'

Archivo - YouTube

Alberto Pozas

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Un juzgado de Barcelona ha dictado una sentencia pionera que obliga a un youtuber a leer en su canal su condena por insultar en varios vídeos a otro youtuber, 'Wismichu'. La jueza entiende que el youtuber 'NauterPlay' vulneró el honor de 'Wismichu' al referirse a él en varios vídeos como “tonto, cobarde, pedazo de mierda, cabrón” y, además de obligarle a pagar una indemnización de 1.500 euros, le obligan a grabar un vídeo leyendo su condena “con una narración suya clara e inteligible” y subirlo a su canal de YouTube durante tres meses. Se trata, según el letrado David Bravo que ha representado al demandante, de un fallo pionero en nuestro país: “Es toda una novedad en la jurisprudencia”.

Fue el youtuber 'Wismichu', que tiene más de nueve millones de suscriptores, quien llevó ante la Justicia los insultos que recibió entre 2019 y 2020 de parte de otro youtuber, llamado 'NauterPlay', que cuenta en la actualidad con algo más de 300.000 seguidores en la plataforma. En sus vídeos, más de una docena, bajo títulos como “Wismichu está acabado” o “Lo que no sabías de Wismichu” se refería al youtuber con insultos como “imbécil, cerdo, basura, cobarde, pedazo de mierda, calzonazos”, entre otros.

La magistrada del juzgado 48 de Barcelona entiende que esos insultos no están protegidos por la libertad de expresión ni amparados por la fama del youtuber o su carácter más o menos polémico. Sus palabras, dice la sentencia, son “manifiestamente ofensivas y ultrajantes” y afectaron al honor de 'Wismichu'. “Ni el carácter público de las personas que litigan ni el tono usado en el medio en que se vierten las expresiones permiten amparar insultos de este tipo”, explica la resolución que todavía es recurrible.

Tampoco acepta el argumento del demandado de que los insultos se dirigían al personaje que representa el youtuber 'Wismichu' y no a la persona que hay detrás. “No existen identidades diferencias, 'Wismichu' es el alias que utiliza el actor en youtube y otros canales sociales para desarrollar su actividad profesional”, explica la sentencia, que fija la indemnización en 1.500 euros. Tiene en cuenta la jueza que el propio 'Wismichu' utiliza este tipo de “insultos y menosprecios” contra otras personas y colectivos para modular la indemnización que había solicitado.

La parte novedosa de esta sentencia llega en la forma de ejecutar la condena. La magistrada acepta parcialmente la petición del demandante y su abogado David Bravo y obliga al youtuber 'NauterPlay' a subir un vídeo a su canal en el que salga él leyendo el fallo condenatorio de manera “clara e inteligible” y que ese vídeo esté subido durante al menos tres meses. También obliga a eliminar los vídeos considerados ofensivos de su canal para “garantizar el cese de la perturbación en el honor del actor”.

Expulsado de YouTube

En los últimos años, los juzgados y tribunales españoles han ido adaptando sus fallos y sentencias al campo en el que también se pueden cometer delitos o vulnerar derechos ajenos: las redes sociales. Fue el mismo letrado, David Bravo, quien estuvo detrás del primer pleito que terminó con una condena a tuitear: Luis Pineda, líder condenado de Ausbanc, fue obligado por los tribunales a publicar en su cuenta de Twitter la sentencia que le condenó por difamar a Rubén Sánchez, secretario general de Facua.

Recientemente fue la sala de lo penal del Tribunal Supremo la que decidió que una orden de alejamiento se puede trasladar también a una red social como YouTube. Los jueces confirmaron el pasado mes de mayo una condena de 15 meses de cárcel para el 'youtuber' ReSet por humillar a un mendigo de Barcelona dándole galletas rellenas de pastas de dientes para comer, pero también le impusieron una segunda condena: la prohibición de volver a publicar vídeos en esta plataforma durante un lustro.

Esa resolución, que tuvo un voto particular de dos magistrados, razonó que un delito como el cometido por este 'youtuber' había sido cometido en internet y, por tanto, “es susceptible de generar la prohibición de volver a acceder a la red social en la que ese delito se ideo, se desarrolló y se divulgó”.

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Nota de rectificación de Marcos Pascual González (Nauterplay)

En cumplimiento de la ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, publicamos esta nota remitida por Marcos Pascual González (NauterPlay) a la redacción de elDiario.es:

“– La sentencia tan solo estima PARCIALMENTE la demanda, desestimando varias de las pretensiones de la parte actora.

– La sentencia NO obliga a Nauterplay a borrar los vídeos, los cuales podrán continuar publicados en su canal. Tan solo editarlos y eliminar exclusivamente las palabras que el fallo considera insultos.

– La sentencia no obliga a Nauterplay a disculparse con el demandante, tampoco le prohíbe volver a publicar vídeos cuya temática este relacionada con Wismichu y/o el Sr. Prego. Tan solo le insta a abstenerse de insultarlo en el futuro con terminos identicos o similares a los recogidos en el fallo.

– Le condena a leer el fallo de la sentencia en un único vídeo (no necesariamente específico) que debe mantener publicado durante al menos 3 meses. 

–Tan solo le condena a pagar 1.500 euros SIN costas frente a los 30.000€ más costas solicitadas en la demanda. O lo que es lo mismo un 5% de lo solicitado. 

–La sentencia NO ES FIRME y cabe recurso de apelación ante la Excm. Audiencia Provincial de Barcelona.“

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