Los servicios de Información coinciden en el “efecto llamada” de la sentencia del Supremo en la crisis de Ceuta
La lectura del material desclasificado por el Gobierno permite concluir que todos los servicios de Información españoles coinciden en que la sentencia del Tribunal Supremo sobre las entradas irregulares a nado fue uno de los motivos de la entrada de migrantes a Ceuta por esa vía los días 30 y 31 de julio pasados. El mismo día en que se conoció el sentido del fallo, el 8 de julio, la Guardia Civil elaboró una nota en la que advertía de su “efecto llamada” y ya proponía cuatro medidas para contener sus efectos.
El Mando de Fronteras y Policía Marítima de la Guardia Civil elaboró ese día una “nota de despacho”, un informe interno para ser elevado en la cadena de mando. El objeto de la nota era advertir a la Dirección General de la Guardia Civil de las “relevantes consecuencias operativas” que la sentencia iba a tener para el instituto armado en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
La nota explica brevemente la relevancia del fallo, en el sentido de que a partir del mismo los migrantes buscarán la vía marítima para acceder a territorio español. El fallo del Supremo establecía que al no disponerse en el agua de elementos disuasorios el acceso a nado escapaba de los requisitos que establece la Ley para la devolución ‘en caliente’.
“Esta situación previsiblemente incrementará la presión migratoria sobre ambas ciudades, al consolidarse una diferencia de tratamiento entre quienes intentan acceder a través de las vallas fronterizas y quienes lo hacen por vía marítima. Ello puede generar un efecto llamada hacia las entradas a nado, modalidad que ya presente una elevada dificultad para su detección e interceptación temprana”, recoge la nota desclasificada por el Gobierno.
Los expertos del instituto armado proponían a la Dirección General reforzar su servicio marítimo provincial en Ceuta, al igual que el Grupo Especial de Actividades Subacuáticas (GEAS). En su nota de dos folios incidían en la necesidad de contar con elementos que permitieran anticiparse a una llegada masiva. Para ello proponían “potenciar los sistemas tecnológicos” de vigilancia que, junto a los medios marítimos y terrestres, permitieran avisar cuanto antes a las autoridades marroquíes y “reducir los riesgos para la vida e integridad” de los migrantes.
En cualquier caso, la Guardia Civil ya valoraba el día del fallo que el Gobierno debía impulsar una “modificación legislativa” para que se pudiera aplicar la devolución ‘en caliente’ a los ingresados por vía marítima de igual forma que los que acceden a España de forma irregular por la frontera terrestre.
El 30 de julio, cuando la entrada de inmigrantes en Ceuta a nado ya es masiva, el CNI emite un informe en el que asegura que, desde la sentencia del Supremo ha “incentivado” la entrada a nado “desde comienzos de julio”.
“A lo largo del mes de julio, los nadadores que lograron llegar a tierra o ser recogidos por embarcaciones de salvamento españolas, al ver que no eran devueltos por las autoridades españolas difundían sus logros en redes sociales, amplificando la difusión del cambio provocado por la decisión judicial y generando con ello un efecto llamada exponencial a lo largo de los días 22-27 de julio”, dice textualmente el informe del CNI.
“Se entienden como consecuencia directa de la sentencia”
El Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas (Cifas) habla de la afluencia de migrantes como “consecuencia directa” del fallo. “Los intentos de acceso se entienden como consecuencia directa de una sentencia del TS español del 29JUN26, publicada el 08JUL26, en la que se establecía que los accesos a nado a territorio nacional no eran susceptibles de generar rechazos en frontera. Esto supone, en la práctica, una decisiva limitación de acción a las FCSE españolas”, recoge el informe emitido a las 13:00 horas del día 30.
La Policía también menciona la sentencia del Alto Tribunal en sus informes. Horas antes de la entrada, el 29 de julio, el Centro Nacional de Inmigración y Fronteras habla de “las posibles consecuencias” de la sentencia de Supremo, sumado a la celebración del Día de Trono en Marruecos (por el precedente que ocurrió en 2018) y la información procedente de redes sociales. A partir de ellos plantea varios escenarios donde varía el riesgo y la probabilidad.
La tesis del “efecto llamada” fue la explicación que los responsables del Ministerio del Interior recibieron de sus homólogos marroquíes cuando les telefonearon en las primeras horas de la crisis.
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