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El juez instructor de la querella contra Julio Iglesias pide a la Fiscalía que se pronuncie sobre la competencia

Julio Iglesias, en una imagen de archivo

Javier Lillo / Elena Cabrera

El magistrado de la Audiencia Nacional al que le ha correspondido este caso, Antonio Piña, ha emitido una resolución en la que solicita a la Fiscalía que se pronuncie sobre si su juzgado es competente para investigar los hechos que relata la querella presentada contra el cantante Julio Iglesias por dos extrabajadoras la semana pasada.

Fuentes jurídicas consultadas por elDiario.es indican que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 dio este paso el pasado martes. Ahora, será la misma Fiscalía que ya en enero archivó la investigación al entender que se daba una falta de competencia de los tribunales españoles, quien deberá emitir nuevo informe al respecto.

La petición de informes al Ministerio Público para que se pronuncie sobre la competencia de este tribunal especial respecto a la competencia en determinadas causas es algo habitual y recurrente, si bien los mismos no son vinculantes para los magistrados.

Rebeca y Laura (nombres ficticios para proteger su identidad), son las dos extrabajadoras de las mansiones de Iglesias en República Dominicana y Bahamas que han presentado una querella en la que le acusan de varios delitos de trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre; delitos contra la libertad y la indemnidad sexual, lesiones, trato degradante y delitos contra los derechos de las trabajadoras por la imposición de condiciones laborales abusivas. Así lo comunicó la organización Women’s Link que ejerce la defensa legal de las extrabajadoras.

Según los testimonios de Rebeca y Laura, Julio Iglesias “habría aprovechado su posición de poder” y la “vulnerabilidad” de ellas para “captarlas, trasladarlas y alojarlas en sus propiedades, en un clima de intimidación constante”, dijo la organización. Las abogadas comunicaron que en la querella Rebeca y Laura describen “que Iglesias las habría sometido a situaciones de acoso y agresiones sexuales continuas y les habría impuesto condiciones laborales forzadas y degradantes”. Unos testimonios coincidentes con los que publicó elDiario.es y Univision Noticias en sus entrevistas a estas mujeres.

Cuándo puede investigar la justicia española

La primera acción legal de Rebeca y Laura contra Julio Iglesias fue poner en conocimiento de una autoridad estos hechos. Eligieron la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que las tomó declaración. Unos días después, la Fiscalía tomó la decisión de no investigar los hechos porque consideró que España no tenía competencia jurisdiccional.

La decisión fue controvertida y diferentes juristas explicaron su punto de vista contrario. Aunque la base general es que los delitos se juzgan en el territorio en el que se cometen, existen excepciones cuando el investigado tiene nacionalidad española. Según la catedrática de Derecho Penal en la Universitat de Valencia Lucía Martínez Garay, el caso de Julio Iglesias cumple los requisitos tanto para el principio de la personalidad activa como en el de la justicia universal.

Para que España pueda juzgar hechos cometidos fuera del territorio español por ciudadanos españoles no vale cualquier crimen. Tiene que ser uno que sea considerado delito por las leyes españolas y también por las leyes del país donde ese hecho se haya cometido. Este aspecto se cumple. El siguiente requisito es que el delincuente no haya sido ya absuelto, indultado o penado en otro país; este también se cumple. Por último, el Ministerio Fiscal o el propio perjudicado por el delito tiene que interponer una querella ante la Audiencia Nacional. El Ministerio Fiscal no interpuso querella, pero Rebeca y Laura, sí.

El principio de justicia universal, aunque quedó muy reducido desde el año 2014, sí se puede aplicar a este caso, según Martínez Garay. Los delitos que se atribuyen forman parte del reducido listado que admite la justicia universal. Y los requisitos no piden que tanto la víctima como el investigado tengan nacionalidad o residencia española, basta con que se cumpla una de las dos condiciones.

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid Juan Antonio Lascuraín también defendió en un artículo en El País que España sí tiene jurisdicción para investigar las acusaciones contra el cantante y calificó la interpretación de la ley que hace la Fiscalía como “desobediente”.

La catedrática de Derecho Penal de la Universitat Autònoma de Barcelona Mercedes García Arán señaló que la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo están haciendo interpretaciones “restrictivas” sobre la ley. “Son las interpretaciones judiciales restrictivas de la ley y no la ley misma las que obstaculizan la competencia española en este caso”, señaló en un artículo en este medio.

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