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Por qué Alcalá de Henares no y Madrid sí y otras preguntas sobre el estado de alarma

Agentes de Policía Nacional durante un control en la carretera A-5, en Madrid (España), en la tarde del 9 de octubre de 2020.

Raúl Rejón

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El decreto de estado de alarma aprobado este viernes por el Gobierno se aplica exclusivamente a los municipios de Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz en la Comunidad de Madrid. El decreto regula, únicamente, “la limitación de la libertad de circulación de las personas” para que no se entre o salga del término municipal sin justificación. El resto de medidas para contener la transmisión de la COVID-19 puestas en marcha el viernes pasado siguen en funcionamiento por la orden de 1 de octubre de la Comunidad de Madrid.

¿Por qué el estado de alarma?

El estado de alarma se ha aplicado para “ofrecer cobertura jurídica” inmediata a la limitación de la entrada y salida de personas de los municipios afectados tras que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumbara esa medida este jueves por no invocarse en la orden del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que transponía las instrucciones de Sanidad las leyes adecuadas. Las órdenes redactadas por la Junta de Castilla y León y Galicia para aplicar esa medida en algunas de sus ciudades sí han obtenido el visto bueno de los magistrados. Era la única acción que debían revisar los jueces del paquete activado la semana pasada. El estado de alarma, ha explicado el Ejecutivo, permite restringir los movimientos de los ciudadanos. Por cierto, aquellas personas que tengan que pasar por Madrid o alguna de las otras ciudades afectadas como parte de un trayecto desde y hacia fuera de los términos municipales del decreto, podrán hacerlo.

¿Por qué Alcalá no y Madrid sí?

Estas localidades cumplen, expone el decreto, los criterios que fueron aprobados en una votación del Consejo Interterritorial de Salud de hace diez días que se diseñaron para las ciudades de más de 100.000 habitantes: tienen una incidencia acumulada en 14 días por encima de 500 casos por 100.000 habitantes, en una comunidad autónoma con más del 35% de las camas UCI ocupadas por pacientes de COVID-19 y presentan una tasa de pruebas positivas por encima del 10%.

La incidencia se mide hasta cinco días antes de la fecha en la que se evalúe la situación de cada municipio. Y, además, se calcula teniendo en cuenta los casos positivos que se van añadiendo en días posteriores, pero que tienen fecha de análisis anterior. “Corregida por retrasos de notificación”, recoge el decreto. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, este viernes se han notificado 2.499 casos positivos, de los que 1.428 son de las últimas 24 horas. Es decir, más de mil casos que se han conocido ahora tienen fecha anterior y modifican, por tanto, la incidencia calculada para un día determinado.

Para obtener una imagen más precisa de cuál es la situación real de la pandemia en cada lugar se atiende a la incidencia de hace días, para poder añadirle así todo el volumen de casos confirmados que llegan con retraso a los registros oficiales. De esta manera, la ciudad de Madrid presentaba una IA de 666 casos por cada 100.000 habitantes el día 5 de octubre, debido a la incorporación de datos realizada hasta el 8 de este mes, según los registros que maneja el Ministerio de Sanidad. El alcalde de Madrid y portavoz nacional del PP, José Luis Martínez Almeida, ha repetido desde este jueves que la ciudad tiene una incidencia por debajo de 500 por lo que, se cuestionaba, cómo iba a justificar el Gobierno la incorporación de la capital al estado de alarma. Lo cierto es que en los datos consolidados, tanto Madrid (666), Alcobendas (643), Fuenlabrada (792), Getafe (732), Leganés (619) y Torrejón de Ardoz (651) superan ampliamente el umbral marcado por Sanidad. Ni que hablar de Parla, que cuenta 926 positivos por 100.000 habitantes. En el margen más bajo están Alcorcón (566) y Móstoles (514), pero siguen superando los 500 casos.

Sin embargo, Alcalá de Henares sí ha presentado una incidencia menor a la que tenía cuando se publicó la orden redactada por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por lo que ha quedado fuera del decreto de estado de alarma.

¿Cuándo decaen las medidas?

El decreto de estado de alarma establece una duración de 15 días. En caso de pretender alargar esta situación, el Gobierno precisa de la autorización del Congreso. Sin embargo, la orden ministerial original sí contemplaba una revisión. En principio, las medidas tendrían un tiempo limitado: dos semanas que podrían ampliarse si la situación no mejoraba lo suficiente. Pero, al mismo tiempo, se introducía una cláusula por la que las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad podían revisar las circunstancias y modificar el “ámbito de aplicación de las medidas”. Es decir, que si alguna ciudad mejoraba, las medidas podrían decaer antes de cumplir el plazo inicial previsto. Ahora en principio esa posibilidad no existe, y se tienen que cumplir las dos semanas preceptivas. Eso sí, el decreto del estado de alarma tiene una disposición final en la que se dice que el Gobierno puede modificar lo establecido en esa norma mediante otros decretos de los que debe dar cuenta al Congreso de los Diputados.

¿Hay nuevas restricciones?

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha reiterado este viernes que el decreto de estado de alarma no añade ninguna medida a las que han estado funcionando desde el 1 de octubre. En ese sentido, se había suspendido el servicio de barra en los bares que vieron su aforo limitado al 50% en el interior y 60% en el exterior además de tener que cerrar a las 23.00. También se habían limitado las reuniones a seis personas no convivientes. Los comercios, los espectáculos, los eventos deportivos, los actos religiosos también tienen restricciones de participantes y aforos. Todo eso sigue en vigor y no tiene nada que ver con el nuevo decreto. Pero, otra vez, el estado de alarma permite modificar las medidas si fuera necesario.

¿Hay otras zonas afectadas más allá de las decretadas por el Gobierno?

Además de los nueve municipios restringidos por el decreto del estado de alarma, la Comunidad de Madrid ha mantenido limitaciones en tres zonas básicas de salud que quedaban fuera de los parámetros del Ministerio de Sanidad al tratarse de municipios de menos de 100.000 habitantes pero que registraban una incidencia de contagios por encima de los 750 casos por cada 100.000 personas.

Se trata de Villa del Prado, Humanes -Moraleja de Enmedio y Reyes Católicos (en San Sebastián de los Reyes). A estas se han sumado este sábado, tal como se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, otras cuatro áreas: Arganda del Rey (Arganda del Rey), Sierra de Guadarrama (Collado Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), y Valleaguado (Coslada). Las restricciones en estas nuevas zonas entrarán en vigor el lunes y tendrán una duración de 14 días.

Más allá del cierre perimetral y de las limitaciones en el aforo y los horarios establecidos por el Ministerio, la Comunidad de Madrid añade solo para estas siete zonas básicas de salud la suspensión temporal de la actividad de los parques infantiles de uso público.

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