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El Comité de Bioética Español determina que las donaciones de espermatozoides y óvulos no deberían ser anónimas

¿El anonimato de los donantes de óvulos y espermatozoides llega a su fin?

Belén Remacha

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El Comité de Bioética de España (CBE) ha hecho público un informe en el que evalúa “desde una perspectiva científica, ética y legal” el sistema de donación anónima de gametos para la reproducción asistida que recoge nuestra regulación desde 1988. Su conclusión es que debe primar el derecho de una persona a conocer su origen biológico sobre el anonimato del donante de óvulos o espermatozoides. Es decir, determina que los hijos nacidos por técnicas de reproducción asistida deberían poder conocer la identidad de los donantes, algo que ahora no está permitido por la Ley salvo para excepciones muy concretas.

El Comité de Bióetica insta por tanto a un “cambio legal” y también a un “verdadero cambio de cultura en el ámbito de la reproducción humana asistida” y de las relaciones entre donantes, progenitores e hijos. El texto fue aprobado por unanimidad de los doce miembros del órgano en una reunión plenaria el pasado 15 de enero y se hace público este jueves. El Comité sustenta su decisión en el interés superior del menor y en la reforma del sistema jurídico de protección de la infancia de 2015. También en el borrador de Recomendación de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que propone revisar el sistema de anonimato.

El CBE reconoce que esto supone “resolver el conflicto en sentido contrario a como se ha resuelto en el ordenamiento jurídico español” desde hace más de 30 años, cuando se aprobó la Ley de Reproducción Humana Asistida. Llevar a la práctica la decisión del CBE supondría una modificación del artículo 5.5 de dicha ley, que estipula que “la donación será anónima” y “deberá garantizarse la confidencialidad de los datos de identidad de los donantes” a través de los bancos de gametos, los registros de donantes y los centros. El mismo punto dispone a continuación que “los hijos nacidos tienen derecho por sí o por sus representantes legales a obtener información general de los donantes que no incluya su identidad”. Solo excepcionalmente y si es “indispensable” por comportar “peligro para la vida” o “con arreglo a las Leyes procesales penales” se contempla que se pueda llegar a conocer la identidad.

El Comité considera adecuado que la proposición no tenga efectos retroactivos “salvo criterio médico o si el donante hubiera dado su consentimiento” previamente. No afectaría por tanto a las personas que hubiesen donado gametos antes del cambio en la norma, si se efectúase. Esto les plantea “dilemas éticos” pero creen que “la prudencia puede ser precisamente la que ayude más fácilmente a cambiar el paradigma actual de anonimato”. Ese cambio de paradigma lo describen como “una cultura de la confianza, lealtad y responsabilidad”. “Debe huirse de paternalismos o meras excusas basadas, no tanto en el interés del hijo, sino en el interés de terceras personas, ya sean los progenitores, los padres o las propias empresas y servicios de reproducción humana asistida”, justifican.

El CBE defiende que el fin del anonimato “parece ser ya una tendencia consolidada en los países de nuestro entorno”. Además de en esas Recomendaciones del Consejo de Europa, donde se planteaba, citan las reformas legislativas destinadas a lo mismo que se han hecho en los últimos años en Suecia, Reino Unido y, el caso más reciente, Portugal. Admiten “en hipótesis” que esta vía puede acarrear “una posible reducción de las donaciones a corto plazo”, “pero no la desaparición de las técnicas por falta de donantes, ya que ello no ha ocurrido en los países que han optado” por ella. El CBE se apoya también contra esto en un argumento del Tribunal Constitucional de Portugal: “En un marco legal en el que prevalece la regla del derecho a conocer los orígenes, los donantes lo harán más conscientes de su papel en la creación de una vida y, por lo tanto, serán mejores desde un punto de vista ético”.

Relacionado con todas estas conclusiones, el CBE también llama en el informe a crear un Registro Nacional que controle el número de donaciones. Los objetivos son dos: evitar “que una misma persona realice donaciones en diferentes clínicas y ciudades”; y mejorar el control que las clínicas hacen de los gametos de un mismo donante para “minimizar posibles problemas de consanguinidad que pudieran surgir”, como futuras uniones endogámicas. El Comité de Bioética de España fue constituido en 2008 como un “órgano colegiado, independiente y de carácter consultivo” para materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina.

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