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Curso para dueños de perros y lucha contra el abandono: claves de la ley de bienestar animal recién aprobada

Fotografía de archivo de una manifestación convocada para pedir que todos los animales, incluidos los perros de caza, estén incluidos en la Ley de Protección Animal.

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Aprobada de forma definitiva la ley de bienestar animal. El pleno del Congreso ha dado luz verde definitivamente el proyecto de ley de bienestar animal que excluye a los perros de caza y endurece las sanciones, tras haber votado las enmiendas incluidas en el Senado, de modo que el texto está listo para su publicación en el BOE y entrada en vigor.

El pleno del Congreso ha aprobado una decena de las casi veinte enmiendas incorporadas al texto en el Senado que se incluirán a la nueva ley debatida por última vez con la ausencia en el Congreso de los Diputados de la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, impulsora de la normativa.

La norma, de la que se han excluido a los perros de caza, busca, entre otros objetivos, combatir el abandono, delimitar las obligaciones que tienen los propietarios, controlar la cría o supervisar las colonias felinas. Estas son las claves:

Combatir el abandono

Se sancionará como una falta grave, que conllevará una multa que oscilará entre los 10.001 y 50.000 euros, el hecho de “no recoger al animal de las residencias u otros establecimientos similares”, así como “el abandono del animal en condiciones de riesgo”.

Según los cálculos realizados por el Gobierno, el 80% de los animales que se abandonan no están identificados. Para combatir esa situación el texto aboga por crear un inventario. “Este registro tiene por finalidad facilitar la identificación y trazabilidad de cualquier animal abandonado en cualquier punto del territorio nacional, con independencia de la comunidad autónoma o ciudad autónoma en que hubiera sido registrado”, detalla el proyecto de ley. En él se almacenará información sobre el propietario, así como “datos identificativos y sanitarios del animal”. También recogerá su vinculación con “la actividad cinegética”, con el pastoreo o con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

La adopción de animales de compañía únicamente podrá ser realizada “por centros públicos de protección animal o entidades de protección animal registradas”. El control de la compra de estas criaturas es otro de los ejes de esta estrategia. El texto que ha pasado por primera vez el filtro del Congreso prohíbe “la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales”

Obligaciones de los propietarios

La norma recoge un listado de requerimientos que deben seguir los dueños de “animales de compañía y silvestres en cautividad” para tratar a sus mascotas “conforme a su condición de seres sintientes”. Entre ellos, estipulan que los sujetos a los que ampara la ley deben “contar con espacios adecuados en tamaño, naturalización y enriquecimiento ambiental para su tenencia”. Si la ley sale adelante no se podrá dejar a los animales “solos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro”. 

Además, se les deberá facilitar “los cuidados sanitarios necesarios para garantizar su salud”. En caso de que un animal se haya escapado o haya sido robado, el propietario deberá “comunicar a la autoridad competente” este hecho “en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que se produjo la misma”.

Prohibiciones

No estará permitido maltratarlos ni “utilizarlos en espectáculos públicos o actividades artísticas turísticas o publicitarias, que les causen angustia, dolor o sufrimiento”. Tampoco podrán servir para “ejercer la mendicidad” o usarlos como “reclamo publicitario”. Su participación en peleas también se incluye en el artículo que recoge las prohibiciones. 

A los animales de compañía no se les podrá dejar sin supervisión durante más de tres días consecutivos. Sin embargo, en el caso de los perros ese periodo serán mucho más reducido. No podrán quedarse sin vigilancia en un plazo “superior a veinticuatro horas consecutivas”. 

‘Sacrificio cero’

Se establecen unas excepciones que regularán el asesinato de estos animales. “Su sacrificio, salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública debidamente justificado por la autoridad competente”, recoge el texto. Y añade: “Se prohíbe expresamente el sacrificio en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado”.

En este contexto, “la eutanasia solamente estará justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometa seriamente la calidad de vida del animal y que como tal ha de ser acreditado y certificado por profesional veterinario colegiado”. 

Creación de un listado positivo

El texto recoge un plazo máximo de cuatro años para que entre en vigor el listado positivo. Esta será la clasificación que determinará qué especies podrán ser adquiridas como animales de compañía. 

En las últimas semanas, algunas organizaciones y medios de comunicación han asegurado que periquitos y hámsteres no se incluirán en este listado. Una afirmación que desmienten desde el Ministerio de Derechos Sociales, impulsor de la norma. Fuentes de este departamento aseguran que, a excepción de especies invasoras, “los pequeños mamíferos —hámster, cobayas y pequeños ratones—, así como los periquitos” se podrán seguir adquiriendo.

Supervisión de las colonias felinas

Con el objetivo de “reducir progresivamente” la población de gatos comunitarios, la norma aboga por la obligatoriedad de esterilizar e identificar “mediante microchip” a estos animales. Su responsable será “la administración local competente”. El sacrificio de estos gatos estará prohibido en cuanto entre en vigor la ley. 

Control de la cría

“La actividad de la cría de animales de compañía, solamente podrá llevarse a cabo por personas debidamente inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía”, reseña la ley. Algunas de las implicaciones de esta decisión afectan a la venta online, porque se prohibirá la comercialización “de cualquier tipo de animal de compañía a través de internet, portales web o cualquier medio o aplicación telemáticos”.

Desde el Ministerio de Derechos Sociales defienden esta medida. La justifican reseñando que “es necesario establecer un control de la cría porque una gran parte de los que se abandonan provienen de crías no deseadas”. “Estamos hablando de que se pueden abandonar en torno a 300.000 animales al año y muchos de ellos provienen de la cría no controlada”, explicó Torres a elDiario.es.

Exhibición de animales

No se podrán utilizar “en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones, en las que se mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar, dadas las características propias de su especie, o inmovilizado durante la duración del evento”. También se regula su participación en romerías y eventos feriados, que quedará prohibida si las temperaturas son elevadas y si se van a utilizar petardos o fuegos artificiales. 

Curso de formación

Aquellas personas que “opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación”. Esta formación tendrá una validez indefinida, será gratuita y online. A pesar de que la ley se limita a los dueños de canes, el director general de Derechos de los Animales explicó en agosto a esta redacción que “estos cursos tienen que ser de necesaria realización por parte de todo el mundo que tiene animales de compañía”. 

Se deroga la ley de animales potencialmente peligrosos

El texto recoge la revocación de la norma que regula la tenencia de estas mascotas, entre los que se encuentran las razas de perro pitbull rottweiler. “Cuando el reglamento se desarrolle se establecerá un mecanismo de validación individual de los animales”, explicó Torres, sobre este punto en concreto. Según reseñó, tras los más de 20 años en los que ha estado en vigor esta norma “se ha determinado que un animal no tiene por qué ser agresivo por su raza”. De esta forma, desde Derechos Sociales abogan por “establecer sistemas de validación individual para que, independientemente de la raza de la que sea el perro, se pueda validar que no supone un problema de seguridad ciudadana”. 

No solo quedan excluidos los perros de caza

La enmienda impulsada por los socialistas, y apoyada con los votos de PP y Vox, desvincula de este texto a los perros de rehalas y a “los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado)”. Tampoco quedan amparados por el texto que ha salido adelante en el Congreso las criaturas que son utilizadas “en actividades profesionales (dedicados a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas)”.

Los espectáculos taurinos se quedan fuera de la ley

El proyecto de ley determina que los animales que se utilizan para estos espectáculos no estarán amparados por la norma. Esta fue una de las cesiones realizadas por Unidas Podemos. El director general de los Derechos de los Animales reconoció que le hubiese gustado que esto no fuese así, pero reconoció que “no había” consenso en el Gobierno “para poder avanzar en la cuestión de la tauromaquia”. 

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