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El Defensor del Pueblo descarta una vía extrajudicial para los gastos de hipoteca

EFE

Madrid —

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El Defensor del Pueblo apunta que el debate en materia de gastos hipotecarios continuará en la vía judicial ante la falta de mecanismos alternativos por parte del Gobierno, que considera que “corresponde únicamente a los tribunales” dilucidar de forma individualizada cada supuesto.

En su informe sobre 2017 presentado hoy en el Congreso de los Diputados, el defensor del pueblo, Francisco Fernández Marugán, remite así a la respuesta de la Secretaría de Estado de Economía respecto a un tema del que también se ha apartado el Banco de España por “exceder de su competencia cualquier tipo de acción general para evitar procedimientos judiciales”.

Según explica a partir de datos ofrecidos por el propio organismo, el Banco de España inadmitió 78 de las 79 reclamaciones sobre gastos hipotecarios interpuestas por los clientes entre el 23 de diciembre de 2015 y el 1 de febrero de 2017, al tratarse de procedimientos que buscaban la declaración de “abusividad”.

Asimismo, el Defensor del Pueblo se refiere a las cláusulas suelo las cuales y en virtud de la experiencia, “pocas cumplen los requisitos de transparencia para no ser declaradas abusivas”.

Al respecto, menciona el plan de urgencia puesto en marcha por el Gobierno el pasado año para “evitar el colapso” en los tribunales tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en diciembre de 2016 reconocía el derecho de los afectados a percibir las cantidades abonadas de más desde el momento en el que se suscribió el préstamo.

Unas medidas de las que, advierte el informe, quedan excluidas las pequeñas y medianas empresas por la diferencia de criterio que contempla una ley que deja a éstas fuera del concepto de consumidor.

Apartado especial dedica a las hipotecas referenciadas al IRPH, asunto para el que cree necesaria una solución alternativa “porque no todos los clientes se pueden permitir acudir a la vía judicial para reclamar la anulación” de este índice.

En este sentido, señala la creciente tendencia jurisprudencial a dar la razón al usuario al estimar el carácter abusivo en la contratación, a pesar de que el Tribunal Supremo dictaminaba el pasado noviembre que la mera referencia a un índice oficial no implicaba falta de transparencia.

Sobre la aplicación del IRPH en los préstamos de viviendas de protección oficial, el Defensor del Pueblo recomienda modificaciones que permitan sustituirlo por el euríbor con el fin de corregir unos efectos que perjudican a estos hipotecados “doblemente”, ya que se han suprimido las ayudas y el tipo de interés es superior.

El informe subraya además la petición formulada de oficio para establecer un límite legal al tipo de interés cobrado por las entidades en préstamos al consumo, finalmente rechazada por el principio de libertad de pactos entre el banco y el cliente.

Como viene haciendo desde 2015, el texto valora la protección de los clientes frente a la usura, que espera sea reforzada de forma efectiva por la ley de crédito inmobiliario, llamada a garantizar la “transparencia forma y material de todo el contenido del contrato, en una de las decisiones más importantes de los ciudadanos”.

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